Aspecto jurídico del salario - Salarios. Aspectos a considerar en su administración y manejo - Libros y Revistas - VLEX 741976841

Aspecto jurídico del salario

AutorFernando Cuartas Aguirre
Páginas21-82
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Capítulo 1
Aspecto jurídico del salario
PROPÓSITO
Se pretende señalar con el aspecto jurídico, todos los conceptos de orden
legal, que se reeren a un salario y que indispensablemente deben tenerse
en cuenta para el manejo y la administración de la remuneración, por cual-
quier persona o empresa.
1.1. DEFINICIÓN
Se considera el aspecto jurídico del salario, como la relación directa y ajus-
tada en derecho, que existe entre la normatividad establecida en el Código
Sustantivo del Trabajo o Régimen Laboral, y el salario o remuneración en
general, es decir todo el articulado (127...192, concordantes con artículos
14 y subsiguientes de la ley 50/90 y ley 100/93, recientemente modicada
con la ley 1122 de 2007), que hacen mención del salario, y que permiten
tener una visión de carácter normativo y jurídico, para enfrentar cualquier
situación de manejo remunerativo en la empresa.
Aunque algunos artículos son revisados y modicados con alguna frecuen-
cia, debido a las sucesivas reformas laborales, implicadas por la dinámica
remunerativa, las presiones de las organizaciones obreras, la tecnicación
de la empresa etc. se pretende presentarlos en una forma comentada, sin
que en este texto se deje de sugerir su actualización en el momento en que
ella se requiera y sin que ello sea obstáculo para dar una idea concreta que
se deberá tener en cuenta para establecer cualquier política o derrotero en
SALARIOS - FERNANDO CUARTAS AGUIRRE
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la empresa o por parte de cualquier empleador y así evitar al máximo, incu-
rrir en litigios y sobrecostos salariales innecesarios e imprevistos.
1.2. DEFINICIÓN DE SALARIO
El Código Sustantivo del Trabajo inicia el tratamiento del tema de la remu-
neración, deniendo qué es SALARIO, anteriormente en su artículo 127,
luego modicado por el artículo 14, ley 50/90, y ley 100/93 y actualmente
con la ley 1122/2007 y los decretos: 4580, 4581, referentes al salario míni-
mo y al auxilio de transporte, y al 4588/2006 referentes a los aspectos de
la seguridad social de las cooperativas de trabajo asociado, de la siguiente
manera:
...”Constituye salario, no sólo la remuneración ordinaria, ja o varia-
ble, sino TODO lo que recibe el trabajador en dinero o en especie,
como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o
denóminación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonica-
ciones habituales, valor del trabajo suplementario o de horas extras,
valor de trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre
ventas y comisiones”...1
Esta denición persiste en su contexto general, estableciéndose que:
....Salario es la contraprestación principal y directa que recibe perió-
dicamente el trabajador por sus servicios....
Cuando se menciona la retribución ordinaria, ja o variable, esta se puede
determinar entre las partes como un valor jo en dinero y una parte varia-
ble que se expresa generalmente en forma porcentual % atada a un refe-
rente o parámetro convenido como pudiera ser las ventas la producción,
los cobros, etc.
1 Castelblanco C. Beatriz (1992). Código Sustantivo del Trabajo. 2a. ed. Bogotá: Editorial
Publicitaria, Biblioteca Actualidad Jurídica. pág. 59.
CAP.1 - ASPECTO JURÍDICO DEL SALARIO
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1.3. ELEMENTOS DEL SALARIO
En la anterior denición se identican claramente dos elementos básicos
del salario como son: el DINERO y las ESPECIES. Además se identica un
tercer elemento implícito, de origen legal y contractual que son las PRES-
TACIONES SOCIALES2, señaladas en TODO lo que recibe el trabajador, como
contraprestación al alquilar su fuerza de trabajo a un empleador.
1.3.1. Dinero
Constituido por la cantidad de unidades monetarias que recibe el trabaja-
dor periódicamente, ya sean jas, variables o mixtas, cualquiera que sea la
denominación que convenga (pesos, dólares, euros, bolívares, sucres, cru-
zeiros etc.).
1.3.2. Especies
Constituida por la cantidad de bienes materiales de valor o su equivalente,
en servicios recibidos por el trabajador, encaminados generalmente a cu-
brir necesidades básicas como: alimentación, vivienda o vestido.
1.3.3. Prestaciones sociales
Constituidas por la cantidad de benecios sociales directos, acumulados
y diferidos, de origen legal y contractual, recibidos por el trabajador,
enfocados a complementar la remuneración habitual, bajo la forma de in-
greso social.
Las prestaciones sociales se clasican en función de quien las administra,
estando a cargo de dicha administración, el empleador o empresa y las en-
tidades encargadas por ley, de la seguridad social.
Esta clasicación se presenta en la siguiente forma:
2 La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró en Sentencia de 16-02-95, inexequibles
algunas normas del C.S.T., que establecían prestaciones restringidas para algunos
trabajadores. (Art. 252, 338.).

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