Audiencia preparatoria
Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena/Cindy Lorena Chavarro Moreno |
Páginas | 690-695 |
imputado o acusado en caso de discrepancia con su defensor, de lo cual
quedará constancia.
Si la índole de los acuerdos permite la rápida adopción de la sentencia, se
citará a audiencia para su proferimiento en la cual brevemente la Fiscalía
y el imputado podrán hacer las manifestaciones que crean conveniente,
de acuerdo con lo regulado en este código.
CONCORDANCIAS:
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
• EXPEDIENTE 51776 DE 14 DE AGOSTO DE 2019. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO. Las rebajas conferidas por la ley 1826
de 2017, aplican por favorabilidad respecto de condenados por delitos enlistados en el
procedimiento abreviado.
• EXPEDIENTE 31280 DE 8 DE JULIO DE 2009. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P.
DR. JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA. De la actividad de la Fiscalía con miras a
formular imputación y el principio de coherencia.
TÍTULO III
AUDIENCIA PREPARATORIA
CAPÍTULO I
TRÁMITE
ARTÍCULO 355. INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PREPARATORIA.
defensor, el acusado, el Ministerio Público y la representación de las
víctimas, si la hubiere.
Para la validez de esta audiencia será indispensable la presencia del
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
ARTÍCULO 356. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PREPARATORIA.
En desarrollo de la audiencia el juez dispondrá:
1. Que las partes manifiesten sus observaciones pertinentes al
procedimiento de descubrimiento de elementos probatorios,
en especial, si el efectuado fuera de la sede de la audiencia de
Art. 355
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