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Audiencia pública remota de 2021 (abril 23)

Fecha de publicación31 Mayo 2021
Número de Gaceta540
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXX - Nº 540 Bogotá, D. C., lunes, 31 de mayo de 2021 EDICIÓN DE 45 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l c o n G r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ACTAS DE COMISIÓN
COMISIÓN PRIMERA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE
AUDIENCIA PÚBLICA REMOTA DE 2021
(abril 23)
(10:00 a. m)
Tema: “Interrupción Voluntaria del Embarazo y
Derechos Sexuales y Reproductivos en Colombia”.
Presidenta Ángela María Robledo Gómez:
Estábamos esperando si se conectaba el
Presidente Deluque, pero parece que no, entonces
Sonia, como suelen hacerlo ustedes, tú haces una
introducción del sentido de las Audiencias ¿Cierto?
De cómo estamos invocándola en el marco de la Ley
y quedo yo presidiendo la Audiencia y vamos a
empezar pues reconociendo el cumplimiento de las
personas, de las mujeres que nos están acompañando.
Secretaria Amparo Yaneth Calderón
Perdomo:
Sí señora. Entonces, buenos días siendo las 10:02
de la mañana damos inicio a la Audiencia Pública
programada para el día de hoy, me permito leer el
Orden del Día
HONORABLE CÁMARA DE
REPRESENTANTES
COMISIÓN PRIMERA CONSTITUCIONAL
LEGISLATURA 2020 – 2021
AUDIENCIA PÚBLICA REMOTA
(Comunicado del jefe de Personal del 9 de
marzo de 2021 (Prórroga Emergencia Sanitaria
del Ministerio de Salud y Protección Social y
Resolución número 1125 del 17 de julio de 2020,
por medio de la cual se adiciona la Resolución
número 0777 del 06 de abril de 2020)
PLATAFORMA GOOGLE MEET
ORDEN DEL DÍA
Viernes Veintitrés (23) de abril de 2021
10:00 a. m.
I
Lectura de Resolución número 036
(Abril 16 de 2021)
II
AUDIENCIA PÚBLICA
Tema: “Interrupción Voluntaria del Embarazo y
Derechos Sexuales y Reproductivos en Colombia”.
Lugar: Se desarrollará remotamente en la
Plataforma GOOGLE MEET. Enlace enviado
al correo de los honorables Representantes
y de las personas inscritas en el correo
debatescomisionprimera@camara.gov.co
Proposición aprobada en esta Célula Legislativa
y suscrita por la honorable Representante Ángela
María Robledo Gómez.
III
Lo que propongan los honorables
Representantes
El Presidente,
Alfredo Rafael Deluque Zuleta.
El Vicepresidente,
Julián Peinado Ramírez.
La Secretaria,
Amparo Yaneth Calderón Perdomo.
La Subsecretaria,
Dora Sonia Cortés Castillo.
Página 2 Lunes, 31 de mayo de 2021 Gaceta del conGreso 540
Ha sido leído el Orden del Día señora Presidenta.
Por favor la instrucción para leer la Resolución
doctora Ángela María.
Presidenta:
Gracias Sonia, claro, entonces autorizo para que
leamos la resolución para que podamos dar curso a
la Audiencia.
Secretaria:
Sí señora.
RESOLUCIÓN NÚMERO 036 DE 2021
(abril 16)
por la cual se convoca a audiencia pública.
La Mesa Directiva de la Comisión Primera de la
Honorable Cámara de Representantes
CONSIDERANDO:
a) Que, mediante Proposición aprobada en
la Sesión de Comisión del miércoles 24 de
marzo de 2021, suscrita por la honorable
Representante Ángela María Robledo
Gómez, con el tema: “Interrupción Voluntaria
del Embarazo y Derechos Sexuales y
Reproductivos en Colombia”, ha solicitado
la realización de Audiencia Pública.
b) Que el Artículo 264 de la Ley 5ª de 1992,
faculta a los Congresistas a celebrar
Audiencias para el mejor ejercicio de su
función.
c) Que el Artículo 230 de la Ley 5ª de 1992,
faculta a la Mesa Directiva, para reglamentar
lo relacionado con las intervenciones y
el procedimiento que asegure la debida
atención y oportunidad.
d) Que la Corte Constitucional en reiterada
jurisprudencia, en relación con las
Audiencias Públicas ha manifestado: “(…)
las Audiencias Públicas de participación
ciudadana decretadas por los Presidentes de
las Cámaras o sus Comisiones Permanentes,
dado que el propósito de estas, no es el de
que los Congresistas deliberen ni decidan
sobre algún asunto, sino el de permitir a
los particulares interesados expresar sus
posiciones y puntos de vista sobre los
temas que se estén examinando en la célula
legislativa correspondiente; no son, así,
Sesiones del Congreso o de sus Cámaras,
sino Audiencias programadas para permitir la
intervención de los ciudadanos interesados”.
e) Que la Mesa Directiva de la Cámara de
Representantes según Artículo 2° de la
Resolución 0777 del 4 de abril de 2020,
adicionada por la Resolución 1125 de 2020,
permite que mientras subsista la declaración
de Emergencia Sanitaria, todas y cada una
de las funciones que le corresponden a los
Representantes a la Cámara de acuerdo con
la Ley 5ª de 1992, pueden realizarse a través
de medios virtuales, digitales o de cualquier
otro medio tecnológico, bajo el principio
de asegurar en todos los casos, que se den a
conocer oportunamente a los Representantes
a la Cámara y de la sociedad en su conjunto,
todo lo relacionado con el trabajo legislativo
que se adelanta en las Comisiones y Plenarias
de la Cámara de Representantes.
RESUELVE:
Artículo 1º. Convocar a Audiencia Pública
remota para que las personas naturales o jurídicas
interesadas, presenten opiniones u observaciones
sobre “Interrupción Voluntaria del Embarazo y
Derechos Sexuales y Reproductivos en Colombia”
Artículo 2º. La Audiencia Pública remota se
realizará el viernes 23 de abril a las 10:00 a.m., en
el ID: https://meet.google.com/gpj-smra-cps , de la
plataforma google Meet.
Artículo 3°. Las inscripciones para intervenir
en la Audiencia Pública remota, podrán realizarlas
hasta el jueves 22 de abril de 2021, en el correo
electrónico debatescomisionprimera@camara.gov.
co.
Artículo 4°. La Mesa Directiva de la Comisión
ha designado en la honorable Representante Ángela
María Robledo Gómez, la dirección de la Audiencia
Pública, quien de acuerdo con la lista de inscritos
jará el tiempo de intervención de cada participante.
Artículo 5º. La Secretaría de la Comisión,
efectuará las diligencias necesarias ante el área
administrativa de la Cámara de Representantes, a
efecto de que la convocatoria a la Audiencia sea de
conocimiento general y en especial de la divulgación
de esta Audiencia en el Canal del Congreso.
Artículo 6º. Esta resolución rige a partir de la
fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los dieciséis (16) días
del mes de abril del año dos mil veintiuno (2021).
El Presidente,
Alfredo Rafael Deluque Zuleta.
El Vicepresidente,
Julián Peinado Ramírez.
La Secretaria,
Amparo Yaneth Calderón Perdomo.
Habiendo sido leído el Orden del Día y la
Resolución, maniesto a usted señora Presidenta
de esta Audiencia, que la Secretaría ha dado
cumplimiento al Artículo 5° de la Resolución,
solicitando a la parte administrativa y al Canal
del Congreso, a la Ocina de Prensa, para que la
convocatoria se hiciera por este medio y así todos los
ciudadanos pudieran enterarse de la realización de
esta. Así mismo a solicitud suya se invitó al Ministro
Gaceta del conGreso 540 Lunes, 31 de mayo de 2021 Página 3
de Salud y Protección Social, doctor Fernando Ruiz
Gómez.
Presidenta:
Te oigo entrecortado, Sonia, perdóname no sé si
soy la única, pero te oigo entrecortado. Se escucha
un poco entrecortado.
Secretaria:
¿Se está escuchando cortado?
Presidenta:
Sí, para que te acerques un poquito más, estás
leyendo en este momento los invitados.
Subsecretaria:
, la Ministra de Educación, la doctora María
Victoria Angulo, quien envió excusa; el doctor
Carlos Camargo Assis, Defensor del Pueblo quien
delego al doctor Leonardo Humberto Huertas; a la
doctora Gheidy Gallo, Consejera Presidencial para
la Equidad de la Mujer; a la Directora del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar, la doctora Lina
María Arbeláez quien delegó a la doctora Liliana
Pulido Villamil Subdirectora, quien ya se encuentra
en plataforma; a la doctora Isabel Cristina Jaramillo,
de la Universidad de los Andes, se invitó a la
doctora Tania Pérez de la Universidad Nacional;
Florence Thomas, quien ya también se encuentra en
plataforma; a la doctora Aura Cuasaput, Directora
de Incidencia Católica por el Derecho a Decidir,
también ya se encuentra en plataforma, con esta lista
de invitados y pues con este informe doctora Ángela
María, usted puede dar inicio a esta Audiencia.
Presidenta:
Muchas gracias Sonia. Son formalidades, pero
son muy importantes para reconocer el marco en
el cual vamos a hacer esta Audiencia, como bien
lo dice Sonia con la resolución, el sentido de estos
espacios más que hablar los Congresistas hombres
y mujeres, tanto en esta Comisión Primera o en las
Plenarias, es poder escuchar las voces ciudadanas.
Vamos muy rápidamente, tenemos del lado nuestro
invitadas veintiocho organizaciones, las cuales
van a tener para su intervención a través de sus
representantes seis minutos, yo le voy a pedir a
Víctor que me ayude, para que a los cinco minutos
me llegue una señal, o Lorena, yo pongo la alerta,
para que el minuto que quede adicional puedan ir
cerrando, no voy a pedir que se cierre micrófono,
sino solo a los seis minutos, para impedir el tema de
que si se apaga, que conecte, entonces ese sería el
acuerdo, a los cinco minutos yo pongo así la manito
para que se sepa que solo queda un minuto y de esa
manera vamos a ir cerrando.
Yo solo a manera muy breve de intervención,
quisiera señalar que la Sentencia 355 de la
interrupción voluntaria del embarazo ya cumple
quince años y que el balance que se ha venido
haciendo desde las distintas organizaciones,
plataformas de mujeres, observatorios de derechos
de las mujeres, desde la Academia y desde las
activistas feministas en Colombia, ese balance es un
balance devastador, los obstáculos para que se pueda
realizar la interrupción voluntaria del embarazo en
Colombia se han multiplicado, las condiciones de
objeción institucional que realmente no son legales,
solo existe la objeción de conciencia personal no
la institucional, sigue apareciendo como una de las
condiciones para las cuales las mujeres no puedan
acceder a ese derecho que está contemplado en
las tres condiciones de la interrupción voluntaria
del embarazo. Esto ha signicado y hay distintas
informaciones que muestran que se ha aumentado,
como hay digamos esta ausencia de cumplimiento
por parte de las instituciones y de los equipos
médicos de cumplir con esta obligación, ha
aumentado la criminalización de las mujeres que
acuden a los abortos en Colombia y también pues
las muertes, las mutilaciones y los embarazos no
deseados en Colombia sigue produciéndose de
manera contundente, de manera dolorosa.
Yo en este momento y lo aclaro porque es
importante, respondí a una solicitud del Magistrado
Lizarazo, para coadyuvar la propuesta que se está
haciendo de descriminalizar el aborto, para que
salga como una condición de crimen de delito en
el Código Penal, y en 2012 también tengo que
decirlo, radicamos con un grupo de mujeres del
Congreso de la República, un proyecto de ley que
buscaba que esta Sentencia de la Corte quedara con
muchísimo más claridad en el marco normativo del
Congreso, que dado que se producen estos vacíos
los cuales digamos impiden que esta interrupción
voluntaria del embarazo se cumpla, pudiese ser
avocado en un debate sereno y documentado en el
Congreso de la República a través de ese proyecto
de ley que presentamos en el 2012, no transitó, no
funcionó y hoy estamos de nuevo en un escenario
interesante, complejo en la Corte Constitucional,
las dos tutelas que ponen de nuevo en el debate el
sentido, la condición, porque aquí estamos hablando
de la autonomía de las mujeres, estamos hablando
de la dignidad de las mujeres, estamos hablando de
la vida de las mujeres, están estas dos tutelas donde
ayer recibíamos ahí una información en términos
de que quizás de nuevo va a volverse a abrir una
Audiencia para escuchar las distintas concepciones
que hay entorno a los derechos de las mujeres.
Yo quisiera terminar diciendo lo siguiente,
estamos del lado de la vida, estamos del lado de
las mujeres, hacemos realidad en cada una de
nuestras intervenciones y nuestro trabajo, esto que
hemos pedido las mujeres, las jóvenes, las niñas
en Colombia y es educación sexual para decidir,
anticonceptivos para no abortar y aborto seguro
para no morir, y recordar también que el primer
territorio que habitamos las mujeres, las jóvenes
y las niñas es nuestro cuerpo, que el cuerpo nos
pertenece y que si bien respetamos las posturas
religiosas, respetamos las distintas condiciones de
la religión, a nosotras nos rige la Constitución y
la Constitución Colombiana establece en muchos
de sus Artículos, pero de manera puntual en el
referido los derechos de las mujeres, el derecho a
la autonomía. Es entonces en ese marco en el cual

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