Auto DRSO-568 - 21 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43168846

Auto DRSO-568

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín44653

DIARIO OFICIAL 44.653 AUTO DRSO-568 08/11/2001 por el cual se efectúan unos requerimientos. Que mediante Resolución DRF-055 del 23 de marzo de 1999, visibles a folios 20 al 22 del expediente 970-429 la Corporación otorgó a favor del señor Jens Kristoffer Mesa Dishington, propietario del predio denominado Los Vikingos, ubicado en la vereda El Cartagena, en jurisdicción del municipio de El Rosal, concesión de aguas superficiales en un caudal de 0.0125 l.p.s., para satisfacer las necesidades de consumo doméstico exclusivamente, para ser derivada de la fuente de uso público denomina Quebrada Cruz Verde; Que a través de la Resolución número DRF-251 del 17 de diciembre de 1999, la Corporación otorgó al señor Jens Kristoffer Mesa Dishington, autorización para aumentar el caudal asignado en la Resolución DRF-055 del 23 de marzo de 1999, el caudal quedó incrementado a 0.1675 l.p.s.; Que en el artículo segundo, parágrafo 1° del mismo acto administrativo se impuso al concesionario la obligación de construir en un plazo de dos meses la obra de captación que garantice la derivación del caudal asignado de acuerdo con los planos aprobados por esta Corporación mediante Auto 420 del 28 de junio de 2000; Que en el artículo tercero de la Resolución 251 el 17 de diciembre de 1999 se impuso al concesionario la obligación de plantar en dos hileras paralelas a lo largo de la Quebrada Cruz Verde, doscientos (200) árboles de una altura no menor de 80 cms, de especies nativas de la región, en un plazo de dos meses; Que en el artículo decimosegundo de la Resolución DRF 055 del 23 de marzo de 1999 se impuso la obligación al beneficiario de esta concesión de publicar en el Diario Oficial la parte del encabezamiento y la parte resolutiva de este acto administrativo; Que en el artículo décimo de la Resolución DRF 055 del 23 de marzo de 1999 se menciona que será causal de caducidad administrativa entre otras, el incumplimiento de las obligaciones asignadas en esta resolución; Que hasta la fecha el señor Jens Mesa Dishington no ha comunicado a esta Corporación el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, como son la construcción de la obra de la bocatoma según los diseños aprobados por esta Corporación, y la obligación de plantar los...

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