AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101940 del 17-01-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842066534

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101940 del 17-01-2019

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 101940
Número de sentenciaATP030-2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha17 Enero 2019

E.P.C.

Magistrado ponente

ATP030-2019

Radicación n° 101940

Acta 07.

Bogotá, D.C., diecisiete (17) de enero de dos mil diecinueve (2019).

I. VISTOS

Decide la Sala la impugnación presentada por M.Á.R.D.[1], contra el fallo proferido el 8 de noviembre de 2018, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, quien negó la acción de tutela interpuesta en protección de los derechos fundamentales a la libertad, debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por el Juzgado Catorce Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá.

II. HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Los sucesos que motivaron la solicitud de amparo constitucional, fueron reseñados por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, de la forma como sigue:

Refirió el actor su inconformidad en relación con la pena impuesta mediante sentencia condenatoria proferida en su contra por el Juzgado demandado, como autor de los delitos de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico, corrupción de alimentos, concierto para delinquir, cohecho por dar u ofrecer, y usurpación de derechos de propiedad industrial, por excederse en 25 meses de pena privativa de la libertad.

Precisó: « El error cometido por el Juzgador consiste en que la pena por el delito más grave que impuso fue de 112 meses, por lo que el total de la pena impuesta no podía pasar de 224 meses y sin embargo la tasó el señor J. en 249 meses de prisión».

Consideró cumplidos los requisitos de procedibilidad para proponer la tutela contra providencias judiciales; en consecuencia, solicitó el amparo de los derechos fundamentales invocados, ordenando a la autoridad accionada redosificar la pena impuesta.

III. INTERVENCIONES

  1. Juzgado Catorce Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá

El titular del Despacho consideró que el amparo es inviable por no configurarse la causal de procedibilidad genérica relacionada con el agotamiento de los mecanismos de defensa judicial ordinarios; ello en virtud a que si bien el actor y su defensor interpusieron recurso de apelación contra la sentencia condenatoria, no fue sustentado y, por ende, declarado desierto.

IV. DEL FALLO RECURRIDO

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá negó el amparo, con fundamento en que el gestor constitucional dejó vencer la oportunidad procesal para controvertir el quantum de la pena impuesta, sin que pueda ahora emplear la tutela como mecanismo para revivir oportunidades procesales vencidas.

V. DE LA IMPUGNACIÓN

La parte actora señaló que el no agotamiento de los recursos dentro del proceso penal no imposibilita al J. de tutela intervenir en aquellos asuntos donde es evidente la afectación de garantías fundamentales, como cuando se aplica una dosificación de pena más drástica a la que correspondía, que es su caso.

Señala que de ninguna manera pretende revivir etapas procesales o discutir temas de responsabilidad, sino que se protejan sus derechos, en especial el de la libertad, pues de lo contrario, tendrá que cumplir una pena de prisión superior a la que en derecho corresponde, dada la imposibilidad de discutir este tema mediante otro mecanismo.

VI. CONSIDERACIONES

1. De conformidad con lo establecido en...

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