AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 106120 del 27-08-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842128713

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 106120 del 27-08-2019

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
EmisorSala de Casación Penal
Fecha27 Agosto 2019
Número de sentenciaATP1332-2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 106120


JAIME HUMBERTO MORENO ACERO

Magistrado ponente


ATP1332-2019

Radicación n° 106120

Acta 218.


Bogotá, D.C., veintisiete (27) de agosto de dos mil diecinueve (2019).



I ASUNTO


Sería del caso resolver la impugnación presentada por RONALD CÁCERES LYNTON, L.C.L. y R.L.C.B., contra el fallo proferido el 19 de julio del año en curso, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, que negó el amparo de los derechos al debido proceso y la defensa, presuntamente vulnerado por la Fiscalía General de la Nación, la Dirección Especializada Contra Organizaciones Criminales, la Dirección Seccional de Fiscalías de Barranquilla, la Sección de Atención al Usuario, Intervención Temprana y Asignaciones de la Fiscalía de esa ciudad y la Fiscalía Veintiuno -antes Noventa y Uno- Especializada Contra Organizaciones Criminales, de no ser porque se observa que en primera instancia se incurrió en causal de nulidad, como pasa a examinarse.



II. HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Los sucesos e intervenciones fueron reseñados por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, de la forma como sigue1:


«Los accionantes afirman conocer que se les adelanta una investigación en la Fiscalía 91 Especializada contra el Crimen Organizado con el SPOA No. 11001 60 00 100 2017 00268, por lo que han reiterado por medio de 15 peticiones, según los radicados que relacionan, y 12 según las pruebas que se anexan, que les sea informado: si existe una investigación en su contra, pero especialmente, que se le indique los fundamentos de la investigación y se les permita acceder a la denuncia; no obstante, la fiscalía se ha negado con base en la Directiva No. 002/2019, la cual restringe el acceso a información que ponga en riesgo la seguridad nacional. Además que han sugerido celebrar la audiencia de imputación, pero el fiscal ha sido evasivo».




III. PRETENSIONES


La parte actora invoca las siguientes:


«1. Tutelar los derechos fundamentales al debido proceso y defensa en la etapa de indagación de los señores Leonardo Cáceres Lynton, R.C.L. y Ricardo Luis Castellón Bernal.


2. Ordenar a la 1- Directora Nacional de Fiscalías Especializadas Contra las Organizaciones Criminales -Claudia Carrasquilla Minamí; 2- El Fiscal 91 Especializado de la Dirección Nacional Contra las Organizaciones Criminales -M.O.- 3- Fiscal General de la Nación 4-Dirección de Fiscalías Seccionales de Barranquilla, informar si existe una investigación en nuestra contra, y en caso de existir nos indique los fundamentos de la misma de acuerdo a lo ha (sic) establecido la jurisprudencias citadas en parte argumentativa de esta acción de tutela».



IV. INTERVENCIONES


Dirección Seccional de Fiscalías de Bogotá


La Directora solicitó la desvinculación de esa dependencia e informó que corrió traslado de la demanda de tutela a varias dependencias de esa entidad. A. copia de los correos electrónicos que con dicho fin, remitió a las Direcciones Seccionales de Fiscalías de Cali y Barranquilla.



Fiscalía Veintiuno -antes Noventa y Uno- Especializada Contra Organizaciones Criminales


El Delegado informó que con ocasión del informe ejecutivo de 1 de noviembre de 2017, que contiene datos suministrados por una fuente no formal se inició indagación bajo el radicado 1100160001002017-00268, por el delito de apoderamiento de hidrocarburos y otros.


Describió que en ese asunto, el Juzgado 21 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali libró 21 órdenes de captura, de las cuales se materializaron once -el 13 de junio del año en curso-, que fueron declaradas ilegales y, por tanto, a ninguna persona dentro de ese asunto se le ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR