AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 15759-31-03-003-2013-00104-01 del 21-05-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842155199

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 15759-31-03-003-2013-00104-01 del 21-05-2019

Sentido del falloINADMITE RECURSO DE CASACION
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
Número de sentenciaAC1824-2019
Fecha21 Mayo 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Única de Santa Rosa de Viterbo
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de expediente15759-31-03-003-2013-00104-01

MARGARITA CABELLO BLANCO

Magistrada ponente


AC1824-2019

Radicación n.° 15759-31-03-003-2013-00104-01

(Aprobado en sesión de veintiuno de noviembre de dos mil dieciocho)


Bogotá, D. C., veintiuno (21) de mayo de dos mil diecinueve (2019).


Se decide sobre la admisibilidad de la demanda con la que Constanza Álvarez Rodríguez, M.H.M.B. y J.A.P.R. dicen sustentar el recurso de casación que interpusieron contra la sentencia del 15 de noviembre de 2017, proferida por la Sala Única del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo en el proceso que instauraron contra Opsa Ingeniería Ltda. y Alianza Fiduciaria S.A., la que llamó en garantía a Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A.


I. ANTECEDENTES


A. La pretensión.- Con demanda presentada al reparto el 31 de julio de 2013 y asignada al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Sogamoso, los demandantes mencionados pretenden que se declare: a) resuelto el contrato de promesa de compraventa celebrado por ellos con la sociedad Opsa Ingeniería Ltda., por incumplimiento de ésta; b) resuelto el de fiducia mercantil y comodato precario que O. celebró con Alianza Fiduciaria S.A., “por incumplimiento de los derechos de los demandantes como beneficiarios de área en cumplimiento de la finalidad fiduciaria” (f. 88 c.1); c) resuelta la transferencia a título de fiducia que los demandantes hicieron en relación con los bienes inmuebles prometidos en venta “por no haberse cancelado el precio de la venta de los mismos al vencimiento de los plazos estipulados en el contrato de promesa de compraventa” (ibídem) y d) también resueltos los contratos de vinculación como beneficiarios de área celebrados entre Alianza Fiduciaria S.A. Opsa Ingeniería Ltda. y Manuel Hernando Mujica Barrera. Como consecuencia de lo anterior, pidieron que se condenara a Opsa Ingeniería Ltda. a restituir los inmuebles, pagar la cláusula penal prevista en el contrato de promesa de compraventa, los frutos naturales y civiles producidos por los bienes y los perjuicios causados en su modalidad de daño emergente y lucro cesante. Asimismo, que el contrato de fiducia está integrado al de promesa de compraventa y que se condene a Alianza Fiduciaria S.A. en forma solidaria al pago de los daños y perjuicios causados a los demandantes por inobservancia de las instrucciones incumplidas en el desarrollo de su gestión. Se deprecó también la cancelación de las escrituras y los registros correspondientes, la cancelación del comodato precario, la declaración sobre que los bienes retornan a sus enajenantes, los cuales no tienen ninguna obligación dineraria ni de otra naturaleza con Alianza Fiduciaria S.A.


En subsidio pidieron que se declarara de mutuo disenso resuelta la promesa ante el incumplimiento de la demandada y la voluntad de no perseverar en el negocio por la parte actora, dejando sin efecto las escrituras de transferencia de los predios y en consecuencia que se restituyan los mismos junto con las mejoras y frutos indexados.


B. La causa petendi: Como sustrato fáctico se alega, en síntesis, que los actores prometieron vender a la sociedad Opsa Ingeniería Ltda. tres bienes inmuebles situados en el área urbana del municipio de Sogamoso, con la finalidad de que esta desarrollara en ellos un proyecto inmobiliario de apartamentos y locales y los demandantes pudieran recibir como contraprestación y a título de dación en pago dos apartamentos en el edificio que habría de ser levantado allí. Se acordó como precio la suma de $516 millones, pagaderos en forma escalonada, habiendo recibido los demandantes solamente el primero de los abonos ($190.000.000,oo).


Los actores entregaron los inmuebles y cumplieron a cabalidad con lo suyo, y al efecto clausuraron un establecimiento de comercio e inclusive suscribieron por anticipado...

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