AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2020-00735-00 del 13-07-2020
Sentido del fallo | RECHAZA EXEQUATUR |
Tipo de proceso | EXEQUÁTUR |
Número de sentencia | AC1376-2020 |
Número de expediente | 11001-02-03-000-2020-00735-00 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL |
Tribunal de Origen | Argentina |
Fecha | 13 Julio 2020 |
AC1376-2020
Radicación n° 11001-02-03-000-2020-00735-00
Bogotá, D.C., trece (13) de julio de dos mil veinte (2020).
-
De conformidad con el numeral 2 del artículo 607 del Código General del Proceso, se rechaza la solicitud de exequátur de la sentencia proferida el 12 de octubre de 2010 por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil No. 87 de Buenos Aires, Argentina, por la cual decretó el divorcio del matrimonio contraído entre Guisela Francia Colombia Vega Maldonado y L.A.F..
Lo anterior, por cuanto no se satisfacen las exigencias previstas en el numeral 3 del artículo 606 ídem, en el sentido de demostrar que la sentencia extranjera de divorcio cuya homologación se pretende se encuentra ejecutoriada de conformidad con la ley del país donde se emitió, en tanto no aparece la constancia correspondiente en la copia legalizada de la misma ni en algún otro documento adjunto.
Se ordena...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2020-00735-00 del 15-12-2021
...interpuesto por Guisela Francia Colombia Vega Maldonado contra el auto proferido por el Magistrado Ponente el 13 de julio de 2020 (AC1376-2020), con el cual se rechazó la demanda de exequátur propuesta por la recurrente frente a la sentencia dictada por el Juzgado Nacional de Primera Instan......