AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 90309 del 23-09-2020 - Jurisprudencia - VLEX 851119191

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 90309 del 23-09-2020

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha23 Septiembre 2020
Número de expedienteT 90309
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Ibagué
Tipo de procesoINCIDENTE DE NULIDAD
Número de sentenciaATL870-2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Magistrada ponente


ATL870-2020

Radicación n.° 90309

Acta n.° 35



Bogotá, D. C., veintitrés (23) de septiembre de dos mil veinte (2020).


Sería del caso entrar a resolver la impugnación que interpusieron LA NACIÓN - MINISTERIOS DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y MINAS Y ENERGÍA, los MUNICIPIOS DE P., VILLAMARÍA e IBAGUÉ, la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA - ANI, las CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES DE RISARALDA, CALDAS y QUINDÍO, el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE PARQUES NACIONALES NATURALES DE COLOMBIA y las AGENCIAS NACIONALES DE MINERÍA – ANM y LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA contra el fallo proferido el 28 de agosto de 2020 por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ, dentro de la acción de tutela que adelanta JUAN FELIPE RODRÍGUEZ VARGAS en nombre propio y «como agente oficioso […] de los sujetos de especial protección constitucional, como lo son los niños, jóvenes, madres gestantes y adultos mayores de los departamentos de C., Q., Risaralda y Tolima, al igual que las generaciones futuras de dicha zona», contra los recurrentes, LA NACIÓN – MINISTERIO DE TRANSPORTE y la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL TOLIMA - CORTOLIMA, trámite al cual fueron vinculadas la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y DELEGADA PARA EL MEDIO AMBIENTE, la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y JUDICIAL II AMBIENTAL Y AGRARIA DEL TOLIMA, la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, los MUNICIPIOS DE IBAGUÉ, M., CASABIANCA, VILLAHERMOSA, SANTA ISABEL, ARMENIA, SALENTO, MANIZALES, VILLAMARÍA, SANTA ROSA DE CABAL y P., los DEPARTAMENTOS DE TOLIMA, QUINDÍO, RISARALDA y CALDAS, los INSTITUTOS DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAM y de INVESTIGACIÓN DE RECURSOS BIOLÓGICOS A.V.H. y las UNIVERSIDADES NACIONAL DE COLOMBIA, TOLIMA, QUINDÍO, CALDAS y TECNOLÓGICA DE P., de no ser porque al revisar de las constancias procedimentales con miras a emitir el pronunciamiento correspondiente, se observa la existencia de causal de nulidad que invalida lo actuado.



I. ANTECEDENTES


JUAN FELIPE RODRÍGUEZ VARGAS en nombre propio y «como agente oficioso […] de los sujetos de especial protección constitucional, como lo son los niños, jóvenes, madres gestantes y adultos mayores de los departamentos de C., Q., Risaralda y Tolima, al igual que las generaciones futuras de dicha zona», instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales a la VIDA, DIGNIDAD HUMANA, AGUA, SALUD, SEGURIDAD SOCIAL, AMBIENTE SANO y los que denominó «SANEAMIENTO AMBIENTAL, SEGURIDAD y SOBERANÍA ALIMENTARIA», presuntamente vulnerados por las autoridades convocadas.


En lo que interesa al presente trámite constitucional, refirió el promotor que el P. Nacional Natural los Nevados es un área andina ubicada en la Cordillera Central, entre los departamentos de C., Q., Risaralda y Tolima, cuyo ecosistema alberga bosques, humedales, subpáramos, páramos, superpáramos, glaciares, diversidad de flora y fauna, características que le otorgan el mayor grado de protección ambiental conforme lo prevé el literal A del artículo 329 del Decreto Ley 2811 de 1974 –Código de Recursos Naturales-.


Manifestó que en aquel lugar está ubicado el complejo de humedales «Lagunas del Otún», declarado de importancia RAMSAR -«Convención Relativa a los humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas – Convenio Ramsar ratificado por Colombia mediante la Ley 357 de 1997»-, por «los bienes y servicios ambientales que prestan sus ecosistemas a las comunidades humanas y por ser el hogar de muchas especies amenazadas de vegetales y animales».


Adujo el tutelante que pese a lo anterior, el P. Nacional Natural los Nevados ha sido objeto de deforestación, degradación, erosión y fragmentación ecológica causada, entre otras razones, por la expansión de la frontera agrícola, ganadería extensiva, caza indiscriminada, minería, densidad poblacional y construcción de carreteras 4G, lo que, asegura, ha sucedido por la «aquiescencia, falta de control, ausencia de coordinación administrativa y omisión de vigilancia de las autoridades ambientales tuteladas».


Agregó que en lo que respecta a la deforestación, el ecosistema ha perdido 327 hectáreas de acuerdo con el Reporte de Deforestación del P. Nacional de Los Nevados con corte a 2018. En cuanto a la minería, precisó que aún «se encuentran vigentes los títulos mineros de códigos EXP y RMN Nos. GLN_094 (18125,82215 mts2) y HEM_097 (14,08659719) 9; pese a los insoslayables y acreditados daños medioambientales que genera la actividad minera en un ecosistema tan frágil y vulnerable».


Afirmó que resulta preocupante la construcción de carreteras en los parques nacionales naturales, en especial, aquellas catalogadas de cuarta generación, como el Proyecto vial Cambao – Líbano – Manizales, el cual «según el Plan de M. 2017-2022 (Anexo 1), impactará tangencialmente al PNN Los Nevados, ya que su trazado iría por una zona de amortiguación del área protegida».


Sostuvo el tutelante que las autoridades convocadas vulneran sus derechos fundamentales y los de sus agenciados, toda vez que no han protegido en debida forma el referido ecosistema, circunstancia trascendental dada su importancia para la comunidad, si se tienen en cuenta que el parque presta los servicios de (i) regulación hídrica y climática, (ii) asimilación –resiliencia- de contaminantes de aire y agua, (iii) formación y protección del suelo, (iv) protección de paisajes y de patrimonio cultural, (v) conservación de la biodiversidad, y (vi) soporte para la infraestructura destinada al ecoturismo y la investigación.


Señaló el promotor que la situación del parque se ha agravado con el cambio climático y las medidas adoptadas para prevenir la propagación del COVID-19, como lo es el consumo del agua para lavado de manos, situación que, a su juicio, impone la intervención del juez constitucional.


Acudió entonces al presente mecanismo de amparo constitucional para que se protejan sus derechos fundamentales y, para su efectividad, solicitó:


[…]


1. Se declare al P. Nacional Natural Los Nevados como sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado colombiano.


[…]


2. Se ordene a las autoridades convocadas realizar un plan estratégico de acción a corto y mediano plazo para reducir los niveles de deforestación y degradación a cero (0) en el P. Nacional Natural Los Nevados, a través de un Comité Permanente de Seguimiento. Dicha planeación deberá contener compromisos, ejes de acción y fechas concretas de actuaciones de prevención y restauración del P. Nacional Natural Los Nevados, así como las consecuencias en caso de incumplimiento conforme al ordenamiento jurídico vigente.


En todo caso, el aludido plan estratégico deberá contar con los conceptos técnicos ambientales y el acompañamiento irrestricto del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM, el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos A.V.H., así como el de las Instituciones de Educación Superior Universidad Nacional de Colombia, Universidad del Tolima, Universidad del Q., Universidad de C. y Universidad Tecnológica de P.. El referido Comité Permanente de Seguimiento al plan estratégico, deberá realizar informes bimensuales ante el Tribunal de conocimiento de la presente acción tutelar, por un término inicial de dos (2) años, sin perjuicio de su ampliación.


3. S. se ordene al PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA […] exhorte a las entidades, servidores públicos y particulares que tengan alguna incidencia en el PNN Los Nevados, para que no incurran en conductas similares a las que dieron origen a la presente acción tutelar, en pleno acatamiento de la responsabilidad que les atañe contenida el artículo 8° de la Constitución Política de 1991.


4 Por último, si bien no conforman el extremo procesal pasivo en la presente litis, solicito se exhorte a la F.ía General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, para que mediante un programa conjunto investiguen las conductas de las entidades, servidores públicos y particulares que tengan incidencia en el P. Nacional Natural Los Nevados, en aras de determinar responsabilidades de tipo penal, fiscal y/o disciplinario por la degradación ambiental acontecida en dicho PNN. Asimismo, en vista a la trascendencia nacional del asunto, solicito se inste al Defensor del Pueblo para que se apersone de la acción de la referencia, con miras a una eventual solicitud de revisión ante la Honorable Corte Constitucional, conforme lo dicta la normatividad vigente […].


II TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Mediante proveído de 13 de agosto de 2020, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué admitió la acción de tutela, ordenó notificar a las accionadas y vinculó a la F.ía General de la Nación, a la Contraloría General de la República, al P. General de la Nación y al Defensor del Pueblo, a fin de que ejercieran sus derechos de defensa y contradicción.


Dentro del término concedido, la Procuraduría General de la Nación, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la Corporaciones Autónomas Regionales de C., Q. y Risaralda, la Contraloría General de la Nación, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, la Procuraduría Judicial II Ambiental y Agraria del Tolima, la F.ía General de la Nación, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, La Nación – Ministerios de Transporte, de Minas y Energía y de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Defensoría del Pueblo Regional Tolima, la Agencia Nacional de Minería, la Unidad Administrativa de P.s Nacionales de Colombia, los...

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