AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 111724 del 06-10-2020 - Jurisprudencia - VLEX 851987777

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 111724 del 06-10-2020

Sentido del falloDAR APERTURA AL INCIDENTE DE DESACATO
EmisorSala de Casación Penal
Fecha06 Octubre 2020
Número de expedienteT 111724
Tipo de procesoINCIDENTE DE DESACATO
Número de sentenciaATP1011-2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



JOSÉ F.A.V.

Magistrado ponente


ATP1011-2020 Radicación No. 111724 (Aprobación Acta No. 210)



Bogotá D. C., seis (6) de octubre de dos mil veinte (2020)



VISTOS



Se pronuncia la Sala sobre la posibilidad de dar apertura formal al incidente de desacato formulado por PABLO ANDRÉS PIEDRAHITA SALOM, contra la Fiscalía 55 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Cartagena y la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, por el posible incumplimiento de la orden impartida en el fallo de tutela proferido el 26 de noviembre de 2019 dentro del expediente radicado bajo el número 107916.



ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS



1. En abril del 2016, PABLO ANDRÉS PIEDRAHITA SALOM interpuso denuncia, que dio lugar a la indagación preliminar 2016-05757, la cual manifestó, no ha sido impulsada por la Fiscalía 55 delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Cartagena, autoridad que asumió su conocimiento desde el 6 de noviembre de 2018, pese a sus reiteradas solicitudes, las cuales han sido coadyuvadas por la Procuraduría 31 Judicial I Penal de Cartagena.


Por otra parte, con ocasión del amparo que le fue concedido en las acciones de tutela 130012204000201600183 y 130012204000201900182, solicitó a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, en su condición de juez de tutela de primera instancia que declarara a las autoridades accionadas en desacato.


Sin embargo, y aunque en mayo y septiembre de 2019, dicha autoridad dio apertura a los incidentes, manifestó el actor que, hasta el momento no se ha pronunciado de fondo esta autoridad judicial, con lo cual desconoció el plazo establecido por la Corte Constitucional mediante la sentencia C-367 de 2014.


2. PABLO ANDRÉS PIEDRAHITA SALOM interpuso acción de tutela contra la Fiscalía 55 Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Cartagena, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, la Dirección Seccional de Fiscalía de Bolívar y la Coordinación del Grupo de Trabajo de Asignaciones de la Fiscalía General de la Nación, debido a que no se ha dado trámite alguno, por parte de las autoridades accionadas, frente a lo descrito anteriormente, vulnerándose así, sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y a sus derechos como víctima.


4. El 28 de noviembre de 2019 en sentencia de primera instancia con...

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