AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 112270 del 10-09-2020
Sentido del fallo | ACEPTA DESISTIMIENTO |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 10 Septiembre 2020 |
Número de sentencia | ATP992-2020 |
Tipo de proceso | DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN |
Número de expediente | T 112270 |
GERSON CHAVERRA CASTRO
Magistrado Ponente
ATP992-2020
Radicación n° 112270
Acta No 192
Bogotá, D.C., diez (10) de septiembre de dos mil veinte (2020).
Procede la Corte a pronunciarse frente a la solicitud de desistimiento presentada por el abogado Juan Camilo Bolaños Pérez, apoderado judicial de BANCOLOMBIA S.A., dentro de la acción de tutela promovida contra el Centro de Servicios Judiciales de Popayán, el Consejo Superior de la Judicatura Dirección de Administración Judicial y el Consejo Seccional de la Judicatura del C. -Sala Administrativa, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y petición.
ANTECEDENTES
1. El abogado Juan Camilo Bolaños Pérez apoderado judicial de BANCOLOMBIA S.A., acudió a la tutela buscando la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y petición.
Relata el profesional del derecho que desde el 11 de abril de 2019 Bancolombia S.A a través de su apoderado judicial presentó denuncia con solicitud de actos urgentes de investigación ante La Fiscalía General de la Nación, Dirección Seccional de Medellín; con el fin de que se adelantara la respectiva indagación preliminar frente a unos hechos que a su juicio revisten las características de delito y merecen ser investigados por parte del ente acusador.
Aduce que al día siguiente radicó ante el centro de servicios judiciales de la Ciudad de Medellín solicitud de audiencia preliminar para la adopción de medidas de protección a su integridad judicial y autorización previa para actividad investigativa de postulación directa consistente en búsqueda selectiva en bases de datos (Art. 244 C.P.P), diligencia que fue celebrada el 27 de mayo de 2019 ante el Juzgado 17 Penal Municipal con función de control de garantías de dicha Ciudad, quien se declaró incompetente para conocer de la solicitud, tras considerar que los hechos investigados ocurrieron en el Departamento del C., Municipio de G..
Que el 12 de junio de 2019, la Corte Suprema de Justicia mediante auto AP 2287-2019 Rad. 55.498, resolvió el conflicto de competencias propuesto por el despacho de garantías de la Ciudad de Medellín, asignando el conocimiento de la solicitud de audiencia preliminar al Juzgado Promiscuo Municipal de G., C..
Señala que el 5 de julio de 2019 la Fiscalía General de la Nación remitió la indagación preliminar a la Dirección Seccional de C., quien a su vez asignó el conocimiento de dicha investigación a la Fiscalía 4ª Seccional de la Unidad Seccional de delitos...
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