AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 88341 del 10-02-2021 - Jurisprudencia - VLEX 866100204

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 88341 del 10-02-2021

Sentido del falloDECLARA BIEN DENEGADO RECURSO
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expediente88341
Fecha10 Febrero 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Ibagué
Tipo de procesoRECURSO DE QUEJA
Número de sentenciaAL541-2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR

Magistrado ponente



AL541-2021

R.icación n.°88341

Acta 05


Bogotá, D.C., diez (10) de febrero de dos mil veintiuno (2021).


Decide la Corte el recurso de queja interpuesto por la demandada SOCIEDAD ORLANDO MURRA & CÍA S. EN C. y ORLANDO ELÍAS MURRA BABÚN, C.E.B.E. y O.I.M.B., como socios gestores, contra el auto de fecha 11 de diciembre de 2019, proferido por la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, mediante el cual decidió no conceder el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2019 pronunciada dentro del dentro del proceso ordinario laboral promovido contra los recurrentes por AVELINO CASTRO.


  1. ANTECEDENTES


De las copias allegadas a esta Corporación, se sabe que el señor A.C. inició proceso ordinario contra la sociedad Orlando Murra & Compañía S. en C., y solidariamente contra los socios gestores O.E.M.B., Clara Elvira Benedetti Esguerra y O.I.M.B., a fin de obtener la declaratoria de existencia de un contrato de trabajo a término indefinido del 24 de noviembre de 1996 al 31 de diciembre de 2015 y como consecuencia, condenar a las demandadas al pago del auxilio de cesantía, intereses de cesantía, primas, vacaciones, auxilio de transporte, indemnización por despido, aportes dejados de cotizar a seguridad social, indemnización moratoria prevista en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, la indexación y lo extra y ultra petita. En forma subsidiaria solicitó el cálculo actuarial la convalidación del referido lapso dada la omisión en el pago de los respectivos aportes.



El Juzgado Primero Civil del Circuito del Guamo (Tolima), mediante sentencia proferida el 18 de junio de 2018, luego de declarar probada la excepción de inexistencia del contrato de trabajo o relación laboral propuestas por la parte demandada, negó las súplicas del escrito genitor e impuso costas a la parte demandante.


Inconforme con la anterior decisión, la parte demandante interpuso recurso de apelación, el Tribunal al definir la alzada a través de sentencia de 30 de septiembre de 2019, revocó la de primer grado y en su lugar dispuso:

    1. DECLARAR que entre AVELINO CASTRO, como trabajador y la sociedad ORLANDO MURRA & COMPAÑÍA S. EN C., como empleadora, existieron tres contratos de trabajo así; El primero entre el 1° de julio al 31 de octubre de 2014; el segundo entre el 10 de enero y 30 de abril de 2015 y el tercero entre el 1° de julio al 31 de octubre de 2015.


    1. CONDENAR a la SOCIEDAD ORLANDO MURRA & COMPAÑÍA S. EN C. y solidariamente a los señores ORLANDO ELÍAS MURRA BABÚN, C.E.B.E. Y ORLANDO ISSA MURRA BENEDETTI, como socios gestores a pagar a AVELINO CASTRO, los siguientes conceptos laborales: $144.000.00, por auxilio de transporte; $1.401.933.33, por auxilio de cesantías; $112.154.66, por intereses a las cesantías y su sanción; $688.966.67, por vacaciones, $1.401.933.33, por prima de servicios; $14.319.600.00, por indemnización moratoria entre el 1° de noviembre de 2014 y el 30 de abril de 2015 y 1° de mayo al 31 de octubre de 2015, por el primer y segundo contrato declarado; más la suma diaria de $ 58.240.00 a partir del 10 de noviembre de 2015 y por el termino de 24 meses y a partir del primer día del mes 25, el reconocimiento de intereses a la tasa máxima de créditos de libre asignación certificados por la Superfinanciera, sobre prestaciones sociales reconocidas y hasta cuando se efectué su pago.


    1. ORDENAR a los demandados que realicen el pago de los aportes en pensión respecto de cada uno de los contratos de...

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