AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 49500 del 12-12-2017
Sentido del fallo | REVOCA SANCIÓN POR DESACATO |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | ATL8727-2017 |
Fecha | 12 Diciembre 2017 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE ANTIOQUIA |
Tipo de proceso | INCIDENTE DE DESACATO |
Número de expediente | T 49500 |
GERARDO BOTERO ZULUAGA
Magistrado Ponente
ATL8727-2017
Radicación n° 49500
Acta extraordinaria No. 121
Bogotá, D.C., doce (12) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
Se decide la consulta de la providencia de fecha 21 de noviembre de 2017, por medio de la cual la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE ANTIOQUIA, resolvió el incidente de desacato propuesto por OSMAN DARÍO RESTREPO MESA en calidad de agente oficioso de su hijo OMAR DARÍO RESTREPO SALGADO contra la DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITAR y el BATALLÓN CACIQUE PIPATÓN DE SANIDAD DEL EJÉRCITO NACIONAL, trámite al que se ordenó vincular al COMANDO GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES, por incumplimiento al fallo de tutela proferido por esa Corporación el 21 de septiembre de 2011, que le concedió el amparo del derecho fundamental a la salud y vida digna.
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ANTECEDENTES
Conforme se infiere de las documentales arrimadas al incidente de desacato, el señor O.D.R.M., actuando en calidad de agente oficioso de su hijo O.D.R.S., instauró acción de tutela contra la DIRECCIÓN DE SANIDAD MILITAR y el BATALLÓN “CACIQUE PIPATÓN”, trámite que finalizó con sentencia del 21 de septiembre de 2011, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Antioquia, en la que se protegió el derecho fundamental a la salud y a la vida digna del agenciado. En consecuencia, se resolvió
PRIMERO: […] ORDENAR A LA DIRECCIÓN DE SANIDAD MILITAR que disponga lo necesario para que el DISPENSARIO MÉDICO DEL BATALLÓN 14 “CACIQUE PIPATÓN” en un plazo no mayor de 48 horas, PROCEDA A ENTREGAR pañales desechables Talla L al afectado, y que en adelante se le continúe brindando dicho servicio.
Por considerar la parte actora, que la accionada no dio cumplimiento a la orden impartida en el fallo de tutela antes citado, promovió incidente de desacato contra esta, ante el tribunal de conocimiento.
Mediante auto del 26 de octubre de 2017, la autoridad judicial, previo a dar apertura al incidente, ordenó requerir al Director General de Sanidad Militar, así como al responsable del Batallón No. 14 “Cacique Pipatón”, para que informen las causas del incumplimiento al fallo referido. Así mismo dispuso que «se requiere al Comando General de las Fuerzas Militares, General Juan Pablo Rodríguez Barragán, como superior jerárquico […], para que haga cumplir la sentencia de tutela y abra el correspondiente proceso disciplinario que haya lugar».
El Comando General de las Fuerzas Militares...
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