AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002021-02759-02 del 24-02-2022
Sentido del fallo | ABSTENERSE DE RESOLVER LA ACCIÓN |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Fecha | 24 Febrero 2022 |
Número de expediente | T 1100122030002021-02759-02 |
Tipo de proceso | INCIDENTE DE DESACATO |
Número de sentencia | ATC2036-2022 |
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado Ponente
Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintidós (2022).
Sería el caso resolver lo conducente en torno al incidente de desacato presentado ante esta Corporación por Santiago Morales Sáenz, representante legal de la sociedad Víctimas de la Liquidación de DMG SAS, por el presunto incumplimiento de lo ordenado en la sentencia STC1315-2022 (10 de febrero), en el marco de la acción de tutela por esa persona jurídica formulada frente al Juzgado Octavo Civil del Circuito de esta ciudad, si no fuera porque revisadas las diligencias se advierte, que esta Sala carece de competencia para tramitar el asunto que concita su atención, pues como se ha reiterado jurisprudencialmente, corresponde conocer del mismo al Juez constitucional de primera instancia, «con independencia de que haya sido él, o el de 2ª instancia, quien antes hubiera impartido la orden de tutela»1, es decir, al Tribunal Superior de Bogotá.
En mérito de lo expuesto, este Despacho, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
RESUELVE
PRIMERO: Abstenerse de tramitar el aludido incidente, por la razón expuesta en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Por Secretaría remítase de manera inmediata el expediente digital a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para lo de su cargo.
TERCERO: Comunicar lo aquí resuelto a las partes por el medio más expedito.
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado
Firmado electrónicamete
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