AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 89597 del 30-03-2022 - Jurisprudencia - VLEX 904874186

AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 89597 del 30-03-2022

Sentido del falloRECHAZA RECURSO / DEJA SIN EFECTO
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha30 Marzo 2022
Número de expediente89597
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de sentenciaAL1749-2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR

Magistrado ponente


AL1749-2022

Radicación n.°89597

Acta 11


Bogotá, D.C., treinta (30) de marzo de dos mil veintidós (2022).


Decide la Sala sobre el recurso de reposición interpuesto por el abogado, F.V.B., contra el auto de 3 de noviembre de 2021, que califica la demanda en el recurso extraordinario de casación interpuesto por JACOB ELÍAS NAVARRO SEGOVIA contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso ordinario laboral promovido contra ECOPETROL S.A. y requirió al apoderado general de la sociedad demandada para que agregara copia de la escritura pública mediante la cual se le otorgó el poder.



  1. ANTECEDENTES


El día 10 de mayo de 2021, se inició traslado a la parte recurrente para sustentar su recurso finalizando el 8 de junio de la misma anualidad, para que presentara sustentación del recurso de casación, la cual fue recibida dentro del término, y consecutivamente la parte opositora, Ecopetrol S.A. presentó poder, donde el abogado J.G.M.R., «[…]obrando en mi carácter de apoderado general de ECOPETROL S.A., según certificado de existencia y representación legal expedido por Cámara y comercio de Bogotá, me permito comunicarle que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor FERNÁNDO VÁSQUEZ BOTERO[…]» y dentro de sus anexos se encontraba certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, el cual tenía inscrito lo siguiente:


[…]Por Escritura Pública No. 0261 de la Notaría 55 de Bogotá D.C., del20 de febrero de 2019, inscrita el 26 de febrero de 2019 bajo el Registro No. 00040968 del libro V compareció Irma Serrano Márquez identificada con cédula de ciudadanía No. 51.864.873 expedida en la ciudad de Bogotá en calidad de representante legal para fines judiciales y extrajudiciales de la sociedad de la referencia, por medio de la presente Escritura Pública, confiere poder general, amplio y suficiente a José Gustavo Medina Riveros, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.092.590 y con Tarjeta Profesional de abogado No. 149499 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura en su calidad de funcionario de la vicepresidencia jurídica de ECOPETROL S.A., para que dentro del marco de las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias aplicables a ECOPETROL S.A. represente a esta entidad en el territorio nacional ante cualquier autoridad del orden judicial, administrativo, laboral, penal[…]


Por ende, mediante auto dictado el 3 de noviembre de 2021, se califica la demanda y por economía procesal en el mismo auto se hizo un requerimiento al abogado, J.G.M.R. el cual le « […] conceden cinco (5) días hábiles a la entidad, para que allegue la escritura pública n.°0261 del 26 de febrero de 2019, mediante la cual se le confiere la representación judicial de la mencionada sociedad.[…] ».


Contra la citada providencia la censura presentó recurso de reposición, en el que pretende que:


[…] Con el aludido medio de impugnación pretendo que se revoque la decisión contenida en mismo en cuanto dispone que antes de conceder personería “(...) al abogado J.G.M.R., como apoderado general de la parte opositora, Ecopetrol, se concede cinco (5) días hábiles a la entidad, para que se allegue la escritura pública n. 0261 del 26 de febrero de 2019, mediante la cual se le confiere la representación judicial de la mencionada sociedad”; petición que fundamento en lo siguiente:


1) Lo dispuesto no puede ser tenido como un simple acto de sustanciación al estar relacionado con la representación de una de las partes.


2) La personería...

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