AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 68001-31-03-012-2018-00198-01 del 31-01-2023
Sentido del fallo | DECLARA DESIERTO RECURSO DE CASACION |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL |
Fecha | 31 Enero 2023 |
Número de expediente | 68001-31-03-012-2018-00198-01 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil - Familia de Bucaramanga |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Número de sentencia | AC113-2023 |
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada Ponente
AC113-2023
Radicación n° 68001-31-03-012-2018-00198-01
Bogotá, D. C., treinta y uno (31) de enero de dos mil veintitrés (2023).
Se decide sobre el trámite del recurso de casación interpuesto por Ambrosio Bazán Achury frente a la sentencia proferida el 12 de septiembre de 2022, por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga dentro del proceso verbal que promovió en contra de Petróleos del Milenio S.A.S -PETROMIL S.A.S.-.
I. ANTECEDENTES
1.- En la demanda se pidió declarar que entre las partes existió un contrato de promesa de mutuo y otro de promesa de suministro de combustible, los cuales fueron incumplidos por la demandada, quien ostentaba la calidad de mutuante y proveedora, respectivamente y, como consecuencia de ello, se ordenara la resolución de los mismos con la respectiva condena por perjuicios en contra de la convocada.
2. Su contraparte replicó mediante demanda de reconvención, en la cual solicitó que se declarara que el convocante principal incumplió sin justificación el convenio denominado «acuerdo y contrato de mutuo con intereses» y, se le ordenara pagar «seiscientos quince millones de pesos ($615.000.000)» que le adeuda a P.S., junto con sus intereses moratorios; «y el monto de dos mil sesenta y cinco millones setecientos ocho mil ochocientos pesos ($2.065.708.800) a título de pérdida de oportunidad por la frustración del contrato de suministro de combustible».
3.- En audiencia del 9 de septiembre de 2021, el Juzgado Primero Civil del Circuito de Bucaramanga negó las aspiraciones del libelo inaugural; declaró que el demandante principal incumplió el «acuerdo y contrato de mutuo con intereses»; negó las pretensiones indemnizatorias de la demanda de reconvención y condenó en costas al señor Bazán Achury [Archivo digital: 28ActaAudiencia].
4.- Apelada la decisión por los extremos procesales, en fallo de 12 de septiembre de 2022, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de la ciudad referida la confirmó con excepción del numeral sexto que negó las pretensiones indemnizatorias de la demanda de reconvención para, en su lugar, condenar al precursor inicial a «pagar a PETRÓLEOS DEL MILENIO S.A.S.-PETROMIL S.A.S. la suma de dos mil sesenta y cinco millones setecientos ocho mil ochocientos pesos ($2.065.708.800), por concepto de pérdida de oportunidad por la frustración del contrato...
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