AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 53407 del 26-06-2019
Sentido del fallo | DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | 53407 |
Fecha | 26 Junio 2019 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Número de sentencia | AP2561-2019 |
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
Magistrado Ponente
AP2561-2019
Radicado 53407
Acta 155
Bogotá, D.C., veintiséis (26) de junio de dos mil diecinueve (2019).
ASUNTO
Se pronuncia la Sala sobre la solicitud de extinción de la acción penal por indemnización integral presentada conjuntamente por el defensor de A.N.A., la víctima Myriam Patricias Chacón Jiménez y su apoderada.
HECHOS
En la sentencia de segunda instancia, se consignan así:
“El 29 de enero de 2011 sobre la calle 94 Nro. 15.61 del Barrio Chicó, la ciudadana M.P.C.J. se movilizaba en un taxi y mientras el vehículo se encontraba detenido en el semáforo, fue impactado en la parte trasera por otro rodante de placas BIS-224 conducido por Adriana Noriega Arboleda, circunstancia que produjo un fuerte choque del taxi con otro vehículo causando que la víctima impactara contra el apoyacabezas del conductor y sufriera un latigazo cervical que le generó una incapacidad médico legal definitiva de 35 días y secuelas de carácter permanente con perturbación funcional del equilibrio”.
ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE
1. El 22 de diciembre de 2015, ante el Juzgado Once Penal Municipal con función de control de garantías, la Fiscalía le imputó a N.A. el delito de lesiones personales culposas (artículos 111, 112.1 y 120.2 del C.P.), por el cual el 17 de marzo de 2016 se radicó escrito de acusación y la audiencia de su formulación se cumplió el 20 de diciembre de ese año.
2. Adelantadas las audiencias preparatoria y del juicio oral, en decisión confirmada por el Tribunal el 31 de mayo de 2018, el Juzgado 27 Penal Municipal de Conocimiento de Bogotá condenó a la acusada a la pena principal 12 meses de prisión, multa de 9 s.m.l.m. y prohibición de conducir vehículos automotores por un período de 16 meses. Contra este fallo la defensa recurrió en casación.
3. Allegado al despacho el proceso con el propósito de valorarse la idoneidad formal de la demanda de casación impetrada en favor de la procesada, su defensor, coadyuvado ante N. por la víctima M.P.C.J. y su apoderada en este trámite, ha solicitado se precluya el presente proceso, bajo la presencia de una causal objetiva que extingue la acción penal, como lo es, en términos del artículo 42 de la Ley 600 de 2000, aplicable por favorabilidad a asuntos adelantados con base en la Ley 906 de 2004 conforme a doctrina de esta Sala, la indemnización integral...
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...y L.A.B.R. y O.L.T.C., de otra, en calidad de víctimas; el pago total se fijó en la suma de doce millones de pesos ($12.000.000) (Cfr. CSJ AP2561-2019, R.. 53407; CSJ AP092-2020, R.. 56338; CSJ SP355-2020, R.. 56540). Este contrato aparece suscrito por las partes y fue presentado por L.A.B.......