AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56502 del 13-11-2019 - Jurisprudencia - VLEX 845686986

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56502 del 13-11-2019

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha13 Noviembre 2019
Número de expediente56502
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bucaramanga
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
Número de sentenciaAP4901-2019

EscudosVerticales3

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente

AP4901-2019

Radicación Nº 56502

Aprobado mediante Acta No. 302

Bogotá, D. C. trece (13) noviembre de dos mil diecinueve (2019).

La Sala decide sobre la competencia para conocer de la audiencia de individualización de pena y sentencia en la actuación adelantada contra A.H.O., acusada por los delitos de enriquecimiento ilícito de particulares, contrabando y concierto para delinquir.

HECHOS

Según se extrae de la formulación de imputación y del escrito que hace las veces de acusación, los hechos atribuidos a A.H.O. se sintetizan en lo siguiente:

Las autoridades judiciales estaban incautando gran cantidad de mercancías de contrabando por diversas vías nacionales, especialmente, por las del departamento de Santander y Norte de Santander, lo que devino en la apertura de numerosas investigaciones, las cuales posteriormente se subsumieron en la identificada con el CUI No. 110016000096201600028.

Es así que se dispuso la interceptación de varias líneas telefónicas y la realización de labores investigativas que develaron no solo la existencia de una organización delincuencial dedicada al contrabando, sino adicionalmente conllevaron a la captura de algunos de sus integrantes, entre ellos la aquí acusada A.H.O., así como la incautación en diferentes oportunidades de la mercancía que se estaba comercializando sin los requisitos legales exigidos para ello. Textualmente sobre el particular dice el escrito que hace las veces de acusación:

[…] MATERIALIDAD, INCAUTACIÒN O EVENTO No. 1.

Expediente No. 680016000159201308176 – Fiscalía 31 Seccional Bucaramanga (indagación).

Fecha y lugar de los hechos: 04/04/2013 en la vía que conduce de B. a Cúcuta, Kilómetro 23+800 del municipio de Floridablanca, sitio conocido como la Corcova.

Vehículo de transporte: Automóvil de placas SRS-175, propiedad de E.O.S.C. CC No. (…), conductor: O.D.C.D. CC No. (…).

Elementos incautados: fórmula láctea en polvo para lactantes x 900 gr, marca Enfamil Premium,… cantidad 1362 unidades; marca Enfagrow Premium, …, cantidad 294 unidades; marca S26 Gold, …, cantidad 546 unidades; marca Mayorcitos Gold, …, cantidad 330 unidades; marca Progress Gold, …, cantidad 222 unidades, hecho en México, cantidad total 2754 unidades. Avalúo $220.805.208.

MATERIALIDAD, INCAUTACIÓN No. 2

Expediente No. 680016000159201309854 – Fiscalía 4ª Seccional Cúcuta (indagación).

Fecha y lugar de los hechos: 02/011/2013 en la vía que conduce del municipio de San Alberto –Cesar- lugar conocido como ola Lizama-Santander. Cubría la ruta Cúcuta Bogotá por la troncal del M..

Vehículo de transporte: tipo camión, color blanco, de placas XVU-011, marca Chevrolet, propietario del vehículo G.C. CC No. (…). Conductor: J.M.B. CC No. (…). Conductor Auxiliar: F.H.D. CC No. (…).

Elementos incautados: C., artículos electrónicos, elementos de aseo personal, formula láctea leche en polvo, insecticida mata zancudos y moscas marca R.. Avalúo $453.563.752.

MATERIALIDAD, INCAUTACIÓN No. 3

Expediente No. 680016000159201400499 – Fiscalía 3ª Seccional de Barrancabermeja (indagación).

Fecha y lugar de los hechos: 18/12/2013 en el kilómetro 33 vía que conduce del municipio de Sabana de Torres a la ciudad de Bucaramanga. Cubría la ruta Cúcuta –Bogotá.

Vehículo de transporte: tipo camión, Chevrolet SP`N-075, de propiedad de E.O.S.C. CC No. (…).

Elementos incautados: Leche en polvo y elementos de aseo personal, insecticida marca R.M.. Avalúo $232.202.890.

MATERIALIDAD, INCAUTACIÓN No. 4

Expediente No. 680016000159201608091 – Fiscalía 30 Seccional de Barrancabermeja (indagación).

Fecha y lugar de los hechos: 30/07/2016 en la vía que conduce del municipio de San Alberto a la ciudad de Bucaramanga. Casco urbano del municipio del Playón –Santander- en un lavadero descubierto sin razón social.

Vehículo de transporte: tipo camión, color blanco de estacas, de placas SXT-402. Los ocupantes del vehículo eran L.E.A.O. CC No. (…), A.B.C. CC No. (…) y F.A.G. CC No. (…). Hubo un capturado señor L.E.A.O….

Elementos incautados: 300 bultos x 25 kilogramos C7U, M.N.W., origen N.Z., producto lácteo en polvo. Avalúo $59.220.000.

MATERIALIDAD, INCAUTACIÓN No. 5.

Expediente fiscalización DIAN No. PF201620160002553 – Acta de Aprehensión No. 04-01845 (caso administrativo DIAN, no penal, dado que no superó los 50 smlmv).

Fecha y lugar de los hechos: 07/10/2016 – Vía que conduce de Bucaramanga a Pamplona Kilómetro 8+300.

Vehículo de transporte: tipo camión de placas TTS-299, marca Hino, modelo 2014, conducido por J.L.S.P. CC No. (…).

Elementos incautados: leche entera en polvo marca E.M.W.M.P., presentación bulto por 25 kg cada uno, … total 43 bultos, 1.075 kilos. Avalúo $10.122.200.

MATERIALIDAD, INCAUTACIÓN No. 6

Expediente No. 680016000159201802593 – Fiscalía 1ª Seccional de Girón (indagación).

Fecha y lugar de los hechos: 21 de marzo de 2018. Vía que conduce de G. a B., kilómetro 7, parqueadero abierto CASA DISEL.

Vehículo de transporte: Tracto camión, color rojo, de placas XMD-336, servicio público, marca Freightliner.

Elementos incautados: 17.500 unidades de cajetillas de cigarrillos marca D&J. Avalúo $53.795.000.

MATERIALIDAD, INCAUTACIÓN No. 7

Expediente fiscalización DIAN No. 38071118898 – Acta de Aprehensión No. 2194 DEL 07-06-2018 (caso administrativo DIAN, no penal, dado que no superó los 50 smlmv).

Fecha y lugar de los hechos: 06 de junio de 2018, Vía Puerto Santander a Cúcuta.

Vehículo de transporte: tipo camión de placas SJK-126, marca B..

Elementos incautados: Azúcar refinada en bultos. Avalúo $14.661.250.

MATERIALIDAD, INCAUTACIÓN No. 8[1]

Expediente fiscalización DIAN No. 540016001131201604745 – Fiscalía 7ª Seccional de Cúcuta.

Fecha y lugar de los hechos: 22 de febrero de 2016.

Vehículo de transporte: vehículo tipo camión de carga marca FREIGHTLINE, tipo furgón, color blanco, modelo, 2007, capacidad 12096 kg, placas A34AG13 del Estado de Barinas Venezuela. Avalúo $47.710.000.

De otra parte, las pesquisas permitieron determinar que A.H.O. incrementó su patrimonio ilícitamente durante los años 2014, 2016, 2017 y 2018, como consecuencia de las actividades de contrabando a las que se dedicaba, en $110.879.000.

ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE

1. En razón del precitado acontecer fáctico y capturada A.H.O., entre el 6 y 9 de julio de 2018, se realizó ante el Juzgado Décimo Penal Municipal con Función de Control de Garantías de B., audiencias en la que se legalizó dicha aprehensión, así como que un Delegado de la Fiscalía General de la Nación le formuló imputación como presunta autora responsable de los delitos de concierto para delinquir, artículo 340 inciso 5º Código Penal, adicionado por el 12 de la Ley 1762 de 2015; enriquecimiento ilícito de particulares, artículo 327 del Código Penal, modificado por el 14 de la Ley 890 de 2004 y contrabando (evento No. 8), inciso 1º artículo 319 Código Penal, modificado por el 4º de la Ley 1762 de 2015, cargos que aceptó.

Acto público en el que adicionalmente le fue impuesta medida de aseguramiento de detención preventiva en su lugar de residencia[2], medida que fue prorrogada el 17 de julio de 2018 por el Juzgado Dieciséis Penal Municipal de la misma ciudad[3].

2. El 29 de octubre de 2018, la Fiscalía 24 Especializada de la Dirección Nacional contra el lavado de activos, radicó ante el Centro de Servicios de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales del Circuito Especializados de B., el escrito que hace las veces de acusación[4], correspondiendo su conocimiento al Juzgado Primero.

3. Luego de varios aplazamientos sin poderse llevar a cabo la audiencia de individualización de pena y sentencia, el 18 de octubre de 2019, la defensa de H.O. presentó escrito a través del cual impugnaba la competencia del funcionario judicial de conocimiento, al considerar que los delitos imputados y por los cuales aceptó cargos la procesada, no se encuentran enlistados en el artículo 35 de la Ley 906 de 2004, amén que los hechos se materializaron en la ciudad de Cúcuta, motivo por el que solicitó el envío de la actuación a los Juzgados Penales del Circuito de esta última ciudad[5].

4. Pretensión coadyuvada por el Representante del Ministerio Público, no obstante considerar que los competentes para llevar a cabo la audiencia de lectura de sentencia son los Juzgados Penales del Circuito de Bucaramanga, en tanto, por el factor conexidad de competencia – artículo 52 del CPP- la misma radicaría en dicho Distrito...

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