AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56207 del 18-11-2020 - Jurisprudencia - VLEX 852671309

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56207 del 18-11-2020

EmisorSala de Casación Penal
Sentido del falloINADMITE
Número de sentenciaAP3112-2020
Número de expediente56207
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoCASACIÓN
Fecha18 Noviembre 2020





GERSON CHAVERRA CASTRO

Magistrado ponente



AP3112-2020

Radicación N° 56207

Acta No 247



Bogotá D.C., dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinte (2020).



ASUNTO POR RESOLVER:



Decide la Sala sobre la admisión de la demanda de casación formulada por el defensor de L.A.R., contra la sentencia del 8 de mayo de 2019, por medio de la cual el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la que en sentido condenatorio dictó el Juzgado 44 Penal de ese circuito, el 7 de junio de 2018, por el punible de actos sexuales abusivos con menor de 14 años, agravado, en concurso homogéneo sucesivo.



HECHOS:



En la calle 27 sur No. 18-18 de Bogotá residía la niña A.G.M.R., nacida el 18 de noviembre de 1998, junto a su progenitora y su padrastro L.A.R.. En alguna oportunidad, aproximadamente hacia el año 2003, éste recogió a la menor en el colegio y una vez en la casa, la condujo a una habitación donde, tras desnudarla, intentó accederla vía vaginal. A partir de entonces y hasta 2014, en diversas ocasiones y lugares A.R. ejecutó en la menor actos como tocarle los senos, la vagina, pedirle que le palpara su miembro viril y masturbarse frotándose contra la pierna o el hombro de la infante hasta eyacular.



ANTECEDENTES:



1. Por los anteriores acontecimientos la Fiscalía solicitó la captura de L.A.R., de modo que dispuesta y efectuada la misma, se realizó, el 20 de febrero de 2015, ante el Juzgado 77 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, audiencia en la cual se legalizó dicha aprehensión y se formuló imputación al indiciado como autor del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, agravado, en concurso homogéneo sucesivo, sin que en su contra se pidiera medida de aseguramiento alguna.

2. El 22 de mayo de 2015, previa presentación del correspondiente escrito, se celebró ante el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá audiencia en la cual se acusó a Lisnardo Ardila Rugeles como autor del punible de actos sexuales abusivos con menor de 14 años, agravado, en concurso homogéneo sucesivo.

3. Tras la realización de las audiencias preparatoria y de juicio oral, el despacho de conocimiento dictó sentencia el 7 de junio de 2018 para condenar al procesado a la pena principal de 13 años de prisión como autor del delito materia de acusación. Y negada que le fuera la concesión de subrogado penal alguno se dispuso su captura.



4. Dado el recurso de apelación que contra esa providencia interpusiera el defensor del enjuiciado, el Tribunal Superior de Bogotá dictó la suya el 8 de mayo de 2019 confirmando la impugnada.



A su vez el mismo sujeto procesal recurrió en casación de manera oportuna el fallo del ad quem, sustentándolo con el correspondiente libelo.



LA DEMANDA:



Con el fin de que se haga efectivo el derecho material, se respeten las garantías y se reparen los agravios inferidos a su prohijado, acusa el defensor de A.R., con sustento en la causal tercera de casación, la sentencia impugnada de haber violado indirectamente la ley sustancial por incurrir en error al apreciar las pruebas, derivado de un falso juicio de convicción.



La psicóloga E.I.M., el médico...

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