AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 56876 del 11-11-2020
Número de expediente | 56876 |
Fecha | 11 Noviembre 2020 |
Número de sentencia | AP3040-2020 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Tribunal de Origen | Rusia |
Tipo de proceso | EXTRADICIÓN |
HUGO QUINTERO BERNATE
Magistrado Ponente
AP3040-2020
Radicación No. 56876
(Aprobado Acta No. 243)
Bogotá, D.C., once (11) de noviembre de dos mil veinte (2020)
ASUNTO:
Decide la Sala el recurso de reposición interpuesto por la defensora del requerido en extradición Anatolii Sokolkin, contra el auto que resolvió sobre la petición de pruebas.
ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES:
1. Mediante Notas Verbales No. 2961 y 3012 del 26 y 27 de noviembre de 2019, respectivamente, la representación diplomática de la Federación de Rusia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano Anatolii Sokolkin, quien es requerido por incurrir en el “delito de apropiación indebida a muy gran escala, mediante estafa cometida por un grupo de personas previamente constituidas en asociación ilícita”.
2. Con fundamento en esa petición, el F. General de la Nación mediante resolución del 29 de noviembre siguiente3, ordenó la captura del reclamado, quien fue aprehendido el día 22 anterior en el aeropuerto El Dorado, por miembros de la Policía Nacional4 con fundamento en la Circular Roja de la Interpol No. de Control A-12031/11-20195.
3. El 4 de diciembre de 20196, a través de la Nota Verbal No. 307, la embajada de la Federación de Rusia, adjuntó los originales de los documentos debidamente apostillados para adelantar el trámite de extradición del ciudadano en mención.
4. Mediante comunicación No. 3417 del 30 de diciembre del mismo año, la representación diplomática del país requirente formalizó la solicitud de extradición de Anatolii Sokolkin.
5. Ese mismo día, el Ministerio de Relaciones exteriores, con oficio DIAJ No. 34438, remitió a la cartera de Justicia y del Derecho la nota verbal en mención, informando que es del caso proceder “de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano”.
6. El 9 de enero de 20209, el Ministerio de Justicia envió a la Corte la documentación presentada por el Estado requirente teniendo en cuenta que se encuentran reunidos los requisitos formales exigidos en la normatividad procesal penal aplicable.
7. Recibida la actuación en la Corporación, con auto del día 31 siguiente10, se reconoció personería a la defensora de confianza designada por el reclamado Anatolii Sokolkin y se ordenó correr traslado por el término de diez días a los intervinientes, en orden a que pidieran las pruebas que considerasen necesarias.
8. Durante ese interregno, la representante del Ministerio Público y la defensora del requerido solicitaron la práctica de diferentes medios de convicción.
AUTO...
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