AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 60390 del 17-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878627131

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 60390 del 17-11-2021

Sentido del falloDECLARA FUNDADA LA CAUSAL DE IMPEDIMENTO
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente60390
Fecha17 Noviembre 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Militar
Tipo de procesoIMPEDIMENTO
Número de sentenciaAP5459-2021




GERSON CHAVERRA CASTRO

Magistrado Ponente



AP5459-2021

Radicación n.° 60390

Acta No. 301


Bogotá, D.C., diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).


ASUNTO


Se resuelve el impedimento manifestado por el Teniente Coronel Jorge Nelson López Galeano, Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial, para conocer del recurso de apelación interpuesto por la defensa del SLP.1 WILMAR MAURICIO GARCÍA frente a la sentencia condenatoria proferida en su contra por el Juzgado Cuarto de Brigada del Ejército Nacional por el delito de lesiones personales culposas.

ANTECEDENTES


1. Por hechos ocurridos el 18 de abril de 2015 en Puerto Trujillo (Meta), el Juzgado 61 de Instrucción Penal Militar inició investigación penal en contra del SLP. WILMAR MAURICIO GARCÍA.


2. Adelantada la fase de instrucción, mediante resolución de acusación del 4 de abril de 2018, la Fiscalía 22 Penal Militar encontró mérito para llamarlo a juicio por el delito de lesiones personales culposas, determinación que fue recurrida por la defensa y declarada desierta la apelación por la Fiscalía 1ª Delegada ante el Tribunal Superior Militar y Policial el 28 de junio de 2019.


3. La audiencia de corte marcial que juzgó la conducta del encartado se llevó a cabo el 18 de febrero de 2020 y, el 20 de febrero siguiente, el Juzgado Cuarto de Brigada del Ejército Nacional emitió sentencia en su contra declarándolo penalmente responsable por el delito atribuido.


4. Contra la anterior determinación, la defensa técnica del procesado interpuso recurso de apelación el cual correspondió al Teniente Coronel Jorge Nelson López Galeano, quien el pasado 1° de octubre de 2021 se declaró impedido invocando la causal del numeral 6° del artículo 231 de la Ley 1407 de 2010, esto es, por haber dictado en primera instancia la providencia objeto de recurso.



CONSIDERACIONES


1. El artículo 242 de la Ley 1407 de 2010 dispone que el impedimento de un magistrado del Tribunal Superior Militar debe manifestarse ante la Sala de Casación Penal.


2. Los motivos específicos constitutivos de impedimento o recusación se estatuyeron en desarrollo del principio de imparcialidad, con el fin de garantizar al conglomerado social que el funcionario judicial llamado a resolver el conflicto jurídico sea ajeno a cualquier interés distinto al de la recta administración de justicia.


De esta manera, la garantía de imparcialidad se eleva a...

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