AUTO N° 00186 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-01-2022 - Normativa - VLEX 883996869

AUTO N° 00186 de la Gaceta Ambiental ANLA, 26-01-2022

Fecha de publicación28 Enero 2022
Fecha26 Enero 2022
Número de auto administrativo00186
Número de expedienteLAM1178
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 00186
( 26 de enero de 2022 )
“Por el cual se inicia un trámite administrativo de modificación de una
Licencia Ambiental y se adoptan otras decisiones”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES – ANLA
En ejercicio de las funciones asignadas en la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, en el
Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011 modificado por el Decreto 376 del 11 de
marzo de 2020, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 1690 del 6 de
septiembre de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible- MADS, la
Resolución 1957 de 5 de noviembre de 2021 de la ANLA,
y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 359 del 25 de marzo de 2004, el Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, otorgó Licencia
Ambiental a la sociedad HIDROMIEL S.A. E.S.P., para el proyecto "Construcción y
Operación del Trasvase del Río Guarinó al Río La Miel", localizado en el municipio de
Victoria en el Departamento de Caldas.
Que mediante Resolución 405 del 6 de abril de 2004, el Ministerio aclaró la Resolución 359
del 25 de marzo de 2004, en el sentido de señalar que, en adelante, el beneficiario de la
Licencia Ambiental del proyecto Construcción y Operación del Trasvase del Río Guarinó
al Río La Miel", sería la sociedad ISAGEN S.A. E.S.P.
Que mediante Resolución 725 del 8 de mayo de 2008 el Ministerio, aclaró la Resolución
602 del 15 de abril de 2008, en el sentido de autorizar la ocupación del cauce del rio
Guarinó, para la construcción de la estructura de captación y el túnel de trasvase.
Que mediante Auto 989 del 12 de marzo de 2018, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales efectuó seguimiento y control ambiental a las actividades del proyecto,
requiriendo a la titular de la licencia ambiental para que allegue la actualización del Plan de
Manejo Ambiental y el Plan de Seguimiento y Monitoreo para la fase de operación del
proyecto “Construcción y Operación del Trasvase del Río Guarinó al Río La Miel”, teniendo
en cuenta un diagnóstico de las condiciones actuales de todos los sistemas involucrados
en la operación del Trasvase del Río Guarinó al Río La Miel.
Que mediante comunicación con radicación en la ANLA 2021278758-1-000 del 22 de
diciembre de 2021 y VITAL 3800081100074021003 (VPD0340-00-2021), la doctora
JULIANA ARISTIZABAL VANEGAS, identificada con cédula de ciudadanía 32.298.724 y
Tarjeta Profesional 190.590 del C.S. de la J., en calidad de Apoderada Especial, según
poder otorgado por la doctora LINA MARÍA VÁSQUEZ MAYA identificada con Cédula de

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