AUTO N° 00219 de la Gaceta Ambiental ANLA, 27-01-2022 - Normativa - VLEX 884000044

AUTO N° 00219 de la Gaceta Ambiental ANLA, 27-01-2022

Número de auto administrativo00219
Fecha27 Enero 2022
Número de expedienteLAM4697
Fecha de publicación28 Enero 2022
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 00219
( 27 de enero de 2022 )
“POR EL CUAL SE AVOCA CONOCIMIENTO DE UNAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS REMITIDAS
POR EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE - MADS -”
LA COORDINADORA DEL GRUPO DE TRABAJO MEDIO MAGDALENA – CAUCA-CATATUMBO
ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO DE LICENCIAS AMBIENTALES DE LA
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA-
En ejercicio de las funciones asignadas en la Ley 99 de 1993, la Ley 1437 de 2011, el Decreto-Ley 3573 de
27 de septiembre de 2011, el Decreto 1076 de 2015, el Decreto 2106 de 2019, las Resoluciones ANLA 254,
256 de 2 febrero de 2021 y 1957 del 5 de noviembre de 2021, y,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 168 de 13 de febrero de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –
ANLA, otorgó a la sociedad PRODUCCIÓN DE ENERGÍA S.A.S E.S.P. PROE S.A.S. E.S.P, Licencia Ambiental
para el proyecto "DESARROLLO HIDROELÉCTRICO DEL RÍO SAMANÁ NORTE—PROYECTO PORVENIR
II", localizado en jurisdicción de los municipios de San Carlos, Puerto Nare, San Luis y Caracolí en el
departamento de Antioquía.
Que mediante Resolución 726 de 19 de junio de 2015, esta Autoridad Nacional resolvió recursos de reposición
interpuestos contra la Resolución 168 de 13 de febrero de 2015, confirmando en todas sus partes, el acto
administrativo recurrido.
Que mediante Resolución 386 de 10 de abril del 2016, esta Autoridad Nacional, aceptó el cambio de razón
social de la sociedad PRODUCCION DE ENERGIA S.A.S. E.S.P. - PROE S.A.E.S.P a PORVENIR II S.A.S
E.S.P. identificada con NIT. 900467544-4.
Que mediante providencia del 16 de mayo de 2019, proferida por la Sección Primera, Sala de lo Contencioso
Administrativo del Consejo de Estado, ordenó la suspensión de manera provisional de los efectos de la
Resolución 168 del 13 de febrero de 2015, por la cual se otorgó Licencia Ambiental al proyecto "DESARROLLO
HIDROELÉCTRICO DEL RÍO SAMANÁ NORTE— PROYECTO PORVENIR II".
Que mediante Resolución 865 del 12 de mayo de 2020, esta Autoridad Nacional en cumplimiento de lo
decretado en la providencia del 16 de mayo de 2019 del Consejo de Estado, ordeno lo siguiente.
“…ARTÍCULO PRIMERO. En cumplimiento de lo decretado en la medida cautelar adoptada mediante
providencia del 16 de mayo de 2019, proferida por la Sección Primera, Sala de lo Contencioso
Administrativo del Consejo de Estado, suspender de manera provisional los efectos de la Resolución
168 del 13 de febrero de 2015 por la cual se otorgó Licencia Ambiental al proyecto "DESARROLLO
HIDROELÉCTRICO DEL RÍO SAMANÁ NORTE— PROYECTO PORVENIR II", localizado en
jurisdicción de los municipios de San Carlos, Puerto Nare, San Luis y Caracolí en el departamento de
Antioquía y la Resolución 726 del 19 de junio de 2015, “Por la cual se resuelve un recurso de reposición
en contra de la Resolución 168 del 13 de febrero de 2015”, por las razones expuestas en la parte
motiva del presente acto administrativo…”
Que mediante comunicación con radicación ANLA 2022001080-1-000 del 5 de enero de 2022, la Directora de
Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible-MADS -,

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