AUTO N° 00248 de la Gaceta Ambiental ANLA, 28-01-2021 - Normativa - VLEX 873839612

AUTO N° 00248 de la Gaceta Ambiental ANLA, 28-01-2021

Fecha de publicación10 Febrero 2021
Número de expedienteNCT0205-12
Fecha28 Enero 2021
Número de resolución00248
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
AUTO N° 00248
( 28 de enero de 2021 )
Por el cual se ordena el archivo de unos expedientes y se adoptan otras disposiciones”
EL COORDINADOR DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE PERMISOS Y
TRÁMITES AMBIENTALES ADSCRITO A LA SUBDIRECCIÓN DE INSTRUMENTOS,
PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE
LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
En uso de sus facultades legales, en especial, las conferidas en el Decreto 624 de 1989,
la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020
la Ley 1564 de 2012, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 02002 de 2018 y 00415
de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible, resolvió las solicitudes de permiso para la Exportación
y/o Importación de Especímenes de la Diversidad Biológica no Listado en los Apéndices
de la Convención CITES, respecto de los expedientes relacionados en el artículo primero
del presente acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Que mediante la Ley 17 de 1981, se aprobó la Convención sobre el Comercio
Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES, la cual
regula la importación y exportación de especímenes de especies incluidas en los
apéndices, para lo cual exige la obtención del correspondiente permiso de importación
y/o exportación, según el caso.
Que el Convenio sobre la Diversidad Biológica aprobado mediante la Ley 165 de 19941
tiene entre sus objetivos la conservación de la diversidad biológica y la utilización
sostenible de sus componentes.
Que en cumplimiento de lo anterior, el entonces Ministerio de Ambiente, hoy Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible, expidió la Resolución 1367 del 29 de diciembre de
2000 “Por la cual se establece el procedimiento para las autorizaciones de importación y
exportación de especímenes de la diversidad biológica que no se encuentran listadas en
los apéndices de la Convención CITES.”
Que revisadas las actuaciones de los expedientes relacionados en este acto
administrativo, concernientes a los permisos para la Exportación y/o Importación de
Especímenes de la Diversidad Biológica no Listado en los Apéndices de la Convención
CITES, se considera que el procedimiento previsto fue agotado.
1 Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro del 3 al 14 de junio
de 1992

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