AUTO nº 11001-03-15-000-2020-02090-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) del 27-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 845531153

AUTO nº 11001-03-15-000-2020-02090-00 de Consejo de Estado (SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) del 27-05-2020

Sentido del falloNO APLICA
Normativa aplicadaLEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 136
EmisorSala Plena
Número de expediente11001-03-15-000-2020-02090-00
Fecha27 Mayo 2020

EMERGENCIA SANITARIA – Medidas / MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL SANITARIO – Para evitar la propagación del CORONAVIRUS COVID 19 / COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO CRA – Medidas transitorias relacionadas con el pago diferido del valor de la factura por concepto de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y/o aseo / CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD – De la Resolución CRA 918 de 6 de mayo de 2020 que adiciona la Resolución CRA 915 del 16 de abril del mismo año, de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA / ACUMULACIÓN EN CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD – Se remite para que se estudie su procedencia


A través del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por un término de treinta (30) días calendario, con el fin de adoptar las medidas necesarias para conjurar los efectos de la crisis acaecida como consecuencia de la pandemia del COVID -19. En esa línea, el Gobierno Nacional profirió el Decreto Legislativo 528 de 2020, mediante el cual determinó que las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios tenían la posibilidad de diferir el pago de los consumos causados durante los sesenta (60) días siguientes a la declaratoria del Estado de Emergencia por un plazo de treinta y seis (36) meses, a favor de los usuarios de los estratos 1 y 2. Por medio del artículo 7º del Decreto Legislativo 580 de 2020, fue facultada la CRA para expedir la regulación del Decreto 528 de 2020, así como para adoptar de manera transitoria los esquemas especiales para diferir el pago de las facturas emitidas, y reglamentar todas aquellas medidas, disposiciones tarifarias y regímenes regulatorios especiales que considere necesarios. Como consecuencia de lo anterior, la citada Comisión profirió la Resolución CRA 915 de 2020, mediante la cual se establecieron las medidas transitorias relacionadas con el pago diferido del valor de la factura por concepto de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y/o aseo. […] Respecto del mencionado acto, esta Corporación avocó conocimiento a través del medio de control previsto en el artículo 136 del CPACA, en providencia calendada el 12 de mayo de 2020, con ponencia de la Consejera de Estado L.J.B.B., dentro del proceso identificado con número de radicado 11001 03 15 000 2020 00178 00. Posteriormente, la CRA expidió la Resolución CRA 918 de 2020, que es objeto de control en el asunto de la referencia, por medio de la cual, se modificó la Resolución CRA 915 de 2020, […] En ese orden de ideas, es claro para el Despacho que no es posible efectuar de forma autónoma el análisis del control inmediato de legalidad de la Resolución CRA 918 del 6 de mayo de 2020, en la medida en que ese acto modificó la Resolución 915 del 16 de abril de ese mismo año, por lo que es necesario que sea efectuado un estudio respecto de la posibilidad de acumular ambos procesos, teniendo en cuenta sus similitudes fácticas y jurídicas. […] Bajo las anteriores premisas, el Despacho ordenará remitir el proceso de la referencia, a efectos de que se analice su posible acumulación con el expediente con número de radicado 11001 03 15 000 2020 01780 00, que está cursando en el Despacho de la Consejera de Estado, L.J.B.B..


FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011ARTÍCULO 136


NORMA DEMANDADA: RESOLUCIÓN CRA918 (6 de mayo) COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO CRA



CONSEJO DE ESTADO


SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


Consejero ponente: OSWALDO GIRALDO LÓPEZ


Bogotá, D.C., veintisiete (27) de mayo de dos mil veinte (2020)


Radicación número: 11001-03-15-000-2020-02090-00(CA)A


Actor: COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO – CRA


Demandado: RESOLUCIÓN CRA 918 DEL 6 DE MAYO DE 2020


Asunto: Control Inmediato de Legalidad de la Resolución CRA 918 del 6 de mayo de 2020, “Por la cual se modifica la Resolución CRA 915 de 2020”, expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA.


AUTO DE SUSTANCIACIÓN




Encontrándose el asunto de la referencia al Despacho para avocar conocimiento del medio de control de legalidad respecto de la Resolución CRA 918 del 6 de mayo de 2020, “Por la cual se modifica la Resolución CRA 915 de 2020”, proferida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (en adelante CRA), se advierte que es menester realizar de forma previa el siguiente análisis:


  1. CONSIDERACIONES:


    1. A través del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por un término de treinta (30) días calendario, con el fin de adoptar las medidas necesarias para conjurar los efectos de la crisis acaecida como consecuencia de la pandemia del COVID -19.


    1. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR