Auto Nº 11016000 028 2012 01506 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 16-05-2019
Sentido del fallo | CONFIRMA AUTO |
Materia | TESIS: "...De los artìculos precitados se concluye que la ley 1826 de 2017 resulta màs favorable en eventos en los que la condena proferida sea por los delitos enmarcados en su artìculo 10, pero condicionado a que el fallo se profiera anticipadamente por la aceptaciòn de cargos que realice el sentenciado entre la audiencia de imputaciòn hasta el inicio de la audiencia de juicio oral, aplicable tambièn para los capturados en flagrancia, pero siempre y cuando no sean de las prohibiciones previstas en la ley, referidas a la naturaleza del delito, segùn el artìcuo 16 ibidem,. Por lo tanto, la pretensiòn del sentenciado de que se aplique por favorabilidad el artìculo 16 de la ley 1826 de 2017 que prevè las rebajas punitivas por aceptaciòn de cargos en el procedimiento penal abreviado, debe despacharse negativamente, pues en este caso, se trata de los delitos de homicido y porte ilegal de armas de fuego agravado que no se encuentra dentro de los relacionados en el artìculo 10 de la ley 1826 de 2017..." |
Número de registro | 81504080 |
Fecha | 16 Mayo 2019 |
Número de expediente | 11016000 028 2012 01506 01 |
Normativa aplicada | Ley nu. 1826 de 2017 art. 10 |
Emisor | Sala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia) |
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO
SALA PENAL
Magistrado ponente: J.D.T. LONDOÑO
Radicación:
Asunto:
Procedencia:
Condenado:
Delito:
Decisión:
Aprobado:
11001600002820120150601
Apelación auto negó redosificar pena
Juzgado 2° E P Y M de S de Acacías YESID ALEJANDRO LÓPEZ SERNA
HOMICIDIO Y PORTE ILEGAL DE ARMAS
Confirma
A~~aN° 01'13
1- ASUNTO A DECIDIR·
Se resuelve recurso de apelación interpuesto por el condenado
Y.A.L.S., contra el auto de fecha 27 de
marzo de 2019, por medio del cual el Juzgado Segundo de Ejecución
de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias, negó la redosificación
de la pena.
2 - ANTECEDENTES PROCESALES
2.1- Por hechos ocurridos el 1 de mayo de 2012, el señor YESID
ALEJANDRO LÓPEZ SERNA fue condenado por el Juzgado 10
Penal del Circuito con función de conocimiento de Bogotá D.C., en
sentencia del 18 de febrero de 2014 por los delitos de homicidio en
concurso heterogéneo con el.delito de porte ilegal de armas de fuego
agravado, a la pena principal de 328 meses de prisión.
Radicación: Asunto: Condenado: Decisión:
110016000028201201506 01 apelación auto negó red osificación de pena
Y.A.L.S. Confirma
En razón de esta actuación se encuentra privado de la libertad desde
el 5 de mayo de 2012 y actualmente está recluido en el
Establecimiento Penitenciario y C. de Acacias - Meta.
2.2- En auto del 27 de marzo de 20191, el Juzgado Segundo de
Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias - Meta, negó
la redosificación de la pena, por cuanto el delito por el que fue
condenado Y.A.L.S. no se encuentra
dentro de los delitos enlistados en el articulo 10 de la Ley 1826 de
2017, de maneta que resultaba improcedente su aplicación.
2.3- lnconformé con la decisión, el condenado interpuso recurso de
apelación- y solicitó la redosificacion de la pena por haber aceptado
los cargos en la audiencia concentrada de conformidad a lo dispuesto
en el articulo 16 de la Ley 1826 de 2017. Además, que en relación
con la prohibición legal para ciertos delitos, si es procedente su
aplicación, por principio de favorabilidad de conformidad con lo
expuesto en la tutela STP-14140.,.2018 con radicado 101256 del de
2018 de la Corte Suprema de Justicia.
3 -ANÁLISIS PARA DECIDIR
3.1- De conformidad con el articulo 34-6 de la Ley 906 de 20043, es
competente este Tribunal para conocer del recurso de apelación
interpuesto contra la auto emitido el veintisiete (27) de marzo de dos
mil diecinueve...
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