Auto Nº 76-520-31-05-003-2021-00127-02 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 13-05-2022 - Jurisprudencia - VLEX 904865533

Auto Nº 76-520-31-05-003-2021-00127-02 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 13-05-2022

Sentido del falloNIEGA LA SOLICITUD DE NULIDAD
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81608182
Fecha13 Mayo 2022
Número de expediente76-520-31-05-003-2021-00127-02
MateriaNULIDAD - Las nulidades solo pueden alegarse en cualquiera de las instancias antes de que se dicte sentencia o con posteridad a esta, si ocurrieren en ella y el proponente, en este caso, presentó su petición después de superado el término de ejecutoria de la sentencia / NULIDAD - El proceso de fuero sindical tiene establecido un procedimiento diferente al ordinario laboral y no es necesario el traslado para alegar establecido en el artículo 15 del Decreto 806 de 2020 /
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