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Las autoridades regulatorias en Colombia: entes de estructuración discutida

AutorNatalia Rocio Franco Fuquen, Manuel Alberto Restrepo Medina
Páginas127-184
Capítulo 3
Las autoridades regulatorias
en Colombia:
entes de estructuración discutida
En el presente capítulo se analiza el desarrollo que han
tenido las autoridades administrativas independientes en
lo relativo a su creación y posterior implementación en el
ámbito nacional, con base en las disposiciones que se han
estudiado en la teoría jurídica. Su pertinencia recae en la
necesidad de exponer la forma como han sido recibidas y
adaptadas estas instituciones en el ordenamiento jurídico
colombiano. Lo anterior con miras a determinar lo referente
a la gura y funcionalidad de las autoridades regulatorias
en Colombia, en contraposición con lo que se ha entendido
en el derecho extranjero como autoridad administrativa
independiente, lo cual es el tercer objetivo especíco del
presente trabajo.
En ese sentido, el capítulo constará de cuatro apartes
que se dividen así: en primer lugar, en el abordaje teórico
de la crisis de la división tripar tita del poder público; como
segundo punto se tratará la mutación del Estado moderno
con el n de señalar cómo se ha dado la búsqueda del per-
feccionamiento de un mecanismo de regulación; el tercer
subacápite se centra en el acercamiento conceptual de las
autoridades regulatorias en el derecho extranjero; y por
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último, en cuarto lugar, se trae u n estudio de las autoridades
regulatorias en Colombia como revisión contextual para
identicar el papel que desempeñan en la construcción del
esquema de Estado regulador.
3.1. Abordaje teórico de la crisis de
la división tripartita del poder público
Al tratar el fenómeno de las autoridades regulatorias resu lta
pertinente abordarlo como un acontecimiento de transición
y mutación del orden tradicional del Estado liberal. Existe
una multiplicidad de autores que, en el ejercicio de realizar
un rastreo de las condiciones previas pa ra la creación de las
autoridades reguladoras, aborda la problemática que deriva
de la concepción tradicional de postulados de cor te liberal
sobre la división de poderes, con el objetivo de construir
elementos teóricos que se esgriman como precedentes
doctrinales para la aparición de instituciones autónomas
en el organigrama estatal.
La concepción de la división de poderes es herencia del
desar rollo del libera lismo político c omo ideología polític a
dominante en Occidente. Esta no solamente surge de la
existencia de una nueva vertiente de concepción de la sobe-
ranía como elemento básico para la consolidación de una
autoridad estatal, siendo este un poder absoluto y perpetuo
de orden republicano307, sino que también se deriva de la
modernidad como una transformación de la humanidad
en sus actividades, costumbres y pensamientos; como una
variación en sus concepciones a toda escala. El racionalismo
losóco, la verdad cientíca, el antropocentrismo y las
307 B odino, J. Los seis libros sob re la República. Mad rid: Tecnos, 1997,p.48.
Autoridades regulatorias, soft law administrativo y jurisprudencia
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escisiones morales y culturales entre religión y política,
entre otros, serían la apertu ra de un proceso irreversible de
transformación de la humanidad que alteraría las formas
de su visión sobre lo verdadero, lo válido y lo legítimo.
La conguración moderna de la existencia del individuo,
dentro del aspecto político, incidiría directamente en la
creación de nuevas nociones sobre la legitimidad, la libertad
individual y la igualdad ante la ley.
Para Gaetano Mosca, la legitimidad política nace del
surgimiento de una conuencia de elementos que dotan
al poder soberano del Estado de una justicación ética
que parte de “una base moral y legal, haciéndolo emanar
como consecuencia necesaria de doctrinas y creencias
generalmente reconocidas y aceptadas en la sociedad que
esa clase política dirige”308. Sin embargo, según Weber,
a pesar de que la legitimidad es un principio clave para el
ejercicio soberano de la autoridad basado en el “derecho a
la violencia”309, con el avance de la modernidad se modi-
carían las fuentes de legitimidad para el ejercicio del
poder por parte del Estado. A partir de lo anterior, con el
surgimiento de la idea liberal de la soberan ía popular como
fuente de justicación ética de la autoridad del Estado, se
parte dedos factores determinantes para la elección cons-
ciente del individuo para reconocer tal poder.
Por una parte, la existencia de una voluntad popular, en
contraposición de un derecho natural o divino, se basa en
un gobierno de la razón que, para Locke, se fundamenta
en la posibilidad de la observancia de la ley mediante la
308 Bobbio, N. E stado, gobierno y socied ad. Ciudad de México: Fondo de
Cultura Ec onómica, 1989, pp.119-120.
309 Weber, M. La política como voca ción. Barcelona: E ditorial Óp era
Mundi, 1999, p. 35.
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