Aviso número 057 de 2021 - 24 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 863712029

Aviso número 057 de 2021

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51626

HACE CONSTAR:

De acuerdo con lo previsto en el numeral 73.11 del Artículo 73 y en el literal d) del numeral 74.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene entre sus funciones establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos, en cumplimiento de la cual expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución y comercialización de gas combustible por redes de tubería, la cual está contenida en las Resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 y 132 de 2018, y 011 de 2020, en adelante, la Metodología.

La empresa GEAS Group S.A.S. E.S.P. (en adelante la Empresa), mediante comunicación con radicado CREG E-2021-001550 de 1º de febrero de 2021, solicitó la aprobación de cargos de distribución y comercialización para el Mercado Relevante Especial de Distribución para el siguiente período tarifario conformado como sigue:

Cuadro 1

A través del aplicativo Apligas, la Empresa cargó la información de su solicitud tarifaria bajo el número 2459.

Conforme a la solicitud tarifaria presentada, los cargos solicitados por la empresa para el mencionado mercado relevante especial son los siguientes:

En la solicitud tarifaria, la Empresa informa que el Mercado Relevante Especial propuesto no cuenta con recursos públicos.

Verificado el cumplimento de los requisitos exigidos en la Metodología, se encuentra procedente adelantar el análisis del estudio tarifario presentado por la Empresa para efectos de la aprobación del cargo de distribución y comercialización de gas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR