Aviso número 042 de 2022 - 21 de Julio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 908298885

Aviso número 042 de 2022

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín52102

Auto: Incorporación del gasoducto Neiva - Hobo en la actuación administrativa del expediente 2022-0049 iniciada mediante auto I-2022-006319

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)

HACE SABER QUE:

Mediante auto con radicado I-2022-006319 la Comisión ordenó iniciar una actuación administrativa con el objeto de ajustar los cargos regulados para los gasoductos Buenos Aires - Ibagué y Chicoral - Espinal - Flandes del sistema de transporte de PROGASUR S.A. E.S.P., de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Resolución CREG 126 de 2010, y en el artículo 7 de la Resolución CREG 175 de 2021.

Mediante la Resolución CREG 096 de 2021, la Comisión resolvió la solicitud hecha por la empresa PROGASUR S.A. E.S.P. con el fin de aplicar el artículo 14 de la Resolución CREG 126 de 2010 para el gasoducto Buenos Aires - Ibagué y Neiva - Hobo.

Mediante la comunicación GC-2021-1006 con radicado CREG E-2021-011987

PROGASUR S.A. E.S.P., interpuso recurso de reposición contra la Resolución CREG 096 de 2021. El recurso se resolvió mediante la resolución CREG 232 de 2021.

Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Resolución CREG 126 de 2010, PROGASUR S.A. E.S.P., mediante la comunicación GC-2021-1006 con radicado CREG E-2022-011987, declaró a la CREG su decisión de continuar operando los gasoductos Buenos Aires - Ibagué y Neiva - Hobo que fueron objeto de estimación del valor de reposición a nuevo, VRAN, en la Resolución 096 de 2021, así:

"Finalmente, en atención al Parágrafo del Artículo de la Resolución CREG 096-2021, indicamos que Progasur S.A. E.S.P. mantendrá en operación los gasoductos Neiva - Hobo y Buenos Aires - Ibagué por los próximos 20 años. Por lo anterior, adjuntamos a la presente comunicación el formato del Anexo 1 de la Res. CREG 096-2021, debidamente diligenciado." (Subrayado fuera de texto)

Teniendo en cuenta la transición para ajuste de cargos para activos VUN descrita en el artículo 7º de la Resolución CREG 175 de 2021, la actualización de los cargos de PROGASUR S.A. E.S.P. debe hacerse conforme a las disposiciones de la Resolución CREG 126 de 2010, considerando la decisión adoptada con ocasión a las resoluciones

CREG 096 de 2021 y 502-001 de 2022 por parte de la empresa.

La Comisión considera necesario incorporar en la actuación administrativa iniciada para resolver las peticiones realizadas por la empresa PROGASUR S.A. E.S.P. para los gasoductos Buenos Aires - Ibagué y Chicoral - Espinal - Flandes, mediante auto...

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