Aviso número 131 de 2021 - 26 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879667511

Aviso número 131 de 2021

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51899

Dirección Ejecutiva

Asunto: Actuación administrativa iniciada con fundamento en la solicitud de Caribe Mar de la Costa S.A.S. E.S.P., para el reconocimiento de los activos puestos en operación durante el 2020, en aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018, y de la Resolución CREG 010 de 2021.

SE CONSIDERA QUE:

De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, modificada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, la Comisión estableció la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, y con la Resolución CREG 010 de 2020 estableció el régimen transitorio especial en materia tarifaria para la región Caribe.

En la Resolución CREG 025 de 2021 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Caribe Mar de la Costa S.A.S. E.S.P., y a través de la Resolución CREG 079 de 2021 se resolvió el recurso de reposición, interpuesto por Caribe Mar de la Costa S.A.S. E.S.P., contra la Resolución CREG 025 de 2021.

Conforme al artículo 6º de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 3º de la Resolución CREG 036 de 2019, todos los activos puestos en operación entre la fecha de corte y hasta el 31 de diciembre del año anterior al primer año para el cual el OR solicitó aprobación del plan de inversiones, se incorporarán en la remuneración según la opción que seleccione el OR, ya sea incluir el valor de estos activos en el ingreso del primer año, o incluir el valor de estos activos en la base regulatoria inicial de activos.

En el artículo 50 de la Resolución CREG 036 de 2019, se estableció que los OR que no solicitaron la remuneración de los activos puestos en operación después de la fecha de corte, de que trata el artículo 6º de la Resolución CREG 015 de 2018, para ser reconocidos en la primera resolución de aprobación de ingresos, podrán hacerlo posteriormente, y la CREG resolverá dicha solicitud en resolución posterior.

Con base en lo anterior, en la comunicación con radicado CREG E-2021-010509, Caribe Mar de la Costa S.A.S. E.S.P. solicitó el reconocimiento de los activos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR