La base gravable
Autor | Álvaro Jiménez Lozano |
Páginas | 378-387 |
378
Álvaro Jiménez Lozano
Ley 0006 de 1992 por la cual se expiden normas en materia tributaria se otorgan
pensiones del sector público nacional y se dictan otras disposiciones. .
ferroníquel.
Decreto 1082 de 1994 por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 0014 de
1983 y 0006 de 1992 y se dictan otras disposiciones sobre combustibles. Artículo 3º.
Obligaciones tributarias a que están sometidos los importadores de combustibles derivados
del petróleo.
Ley 0488 de 1998. . Sobretasa a la gasolina motor y al ACPM. .
Hecho generador. . Responsables. . Causación. .
Declaración y pago.
. Estructura precios combustibles.
NotaDecreto 3492 de 2007
Artículo 445. Responsables en la venta de cervezas de producción nacional.
Nota
Nota:
Artículo 446. Responsables en la venta de gaseosas y similares.
Nota
Cuando se trate de la venta de limonadas, aguas, gaseosas aromatizadas (incluida las aguas
de frutas, de legumbres y hortalizas de la partida 20.09, solamente se gravarán las operaciones
que efectúe el productor, el importador, o el vinculado económico de uno y otro.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 468. Tarifa general del impuesto sobre
las ventas.
se dictan otras disposiciones.
refajos. Propiedad del impuesto. . Hecho generador.
Decreto 0380 de 1996 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 0223 de 1995.
Artículo 26
Ley 0788 de 2002 por la cual se expiden normas en materia tributaria y penal del
orden nacional y territorial y se dictan otras disposiciones. Artículo 62. Control del
TÍTULO IV
LA BASE GRAVABLE
Artículo 447. En la venta y prestación de servicios, regla general.
En la venta y prestación de servicios, la base gravable será el valor total de la operación,
sea que ésta se realice de contado o a crédito, incluyendo entre otros los gastos directos
seguros, comisiones, garantías y demás erogaciones complementarias, aunque se facturen
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