Instituto Colombiano Agropecuario Resolución número 001183 de 2010, por medio de la cual se establecen las condiciones de Bioseguridad que deben cumplir las granjas avícolas comerciales en el país para su certificación. - 9 de Abril de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 192069003

Instituto Colombiano Agropecuario Resolución número 001183 de 2010, por medio de la cual se establecen las condiciones de Bioseguridad que deben cumplir las granjas avícolas comerciales en el país para su certificación.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín47675

DE 2010 El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el articulo 4° del Decreto 3761 de 2009 y el articulo 7° del Decreto 1840 de 1994, y CONSIDERANDO:

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), es el responsable de proteger la sanidad agropecuaria del pais con el fin de prevenir la introduccion y propagacion de enfermedades que puedan afectar el sector agropecuario nacional.

Las medidas de bioseguridad que se establezcan en las granjas avicolas comerciales contribuyen a la prevencion y el control de las enfermedades como Influenza Aviar, Newcastle y Salmonelosis las cuales causan un impacto economico y sanitario en el comercio de aves y sus productos.

Es necesario establecer las condiciones de bioseguridad que deben cumplir las granjas avicolas comerciales con el fin de minimizar el riesgo de ingreso de agentes patogenos al predio. 40 En virtud de lo anterior, RESUELVE:

Articulo 1° Objeto

Establecer las condiciones de bioseguridad que deben cumplir las granjas avicolas comerciales para su certificacion.

Articulo 2° Campo de aplicacion

La presente resolucion se aplica a todas las personas naturales o juridicas que tengan en explotacion o pretendan explotar granjas avicolas comerciales.

Articulo 3° Definiciones

Para efectos de la presente resolucion se adoptan las siguientes definiciones: 1. Granja Avicola Comercial. Aquella cuya infraestructura permite alojar un numero superior a doscientas (200) aves.

  1. Plan Gradual de Cumplimiento. Documento tecnico presentado por quienes tengan en explotacion granjas avicolas comerciales, en el cual se especifican los compromisos que permitan lograr el cumplimiento de la presente resolucion. 3. Bioseguridad. Conjunto de medidas y acciones que se deben tomar para evaluar, evitar, prevenir, mitigar, manejar y/o controlar los posibles riesgos y efectos directos o indirectos, que puedan afectar la salud humana, el medio ambiente, la biodiversidad, la productividad o produccion agropecuaria.

Articulo 4° Requisitos para la certificacion de bioseguridad

Las personas naturales o juridicas interesadas en obtener la certificacion sanitaria de granja avicola comercial biosegura deberan solicitarla por escrito ante el ICA, cumpliendo los siguientes requisitos: 1. Informacion documental 1.1 Indicar el numero del registro ICA de la granja cuando la misma se encuentre en funcionamiento;

cuando se trate de granjas nuevas se debe indicar esa condicion.

1.2 Presentar el registro expedido por la Direccion Tecnica de Inocuidad e Insumos Veterinarios del ICA o la dependencia que haga sus veces, para el caso de granjas de material genetico (abuelas o reproductoras). 1.3 Tener procedimientos operativos estandarizados y documentados con sus respectivos registros, acerca de: 1.3.1 Ingreso de personas y vehiculos.

1.3.2 Sistema de tratamiento de agua.

1.3.3 Limpieza y desinfeccion de instalaciones, equipos y utensilios.

1.3.4 Manejo y disposicion de la mortalidad.

1.3.5 Control integrado de plagas e insectos.

1.3.6 Tratamiento termico de la gallinaza o pollinaza.

1.3.7 Programa de vacunacion.

  1. Medidas de bioseguridad 2.1 Tener implementado los procedimientos operativos estandarizados enunciados en el numeral 1.3 del articulo 4° de la presente resolucion.

2.2 Mantener dentro de la granja aves de una sola especie.

2.3 Contar con un cerco perimetral en buen estado que impida el libre transito de personas, vehiculos y que minimice la entrada de animales a la granja.

2.4 Disponer en forma permanente de un sistema que asegure la correcta desinfeccion de aquellos vehiculos que ingresen a la granja.

2.5 Mantener la granja libre de malezas, escombros, basuras o cualquier material de desecho.

2.6 Señalizar cada area de la granja.

2.7 Contar con mallas en los galpones que impidan el ingreso de aves silvestres.

2.8 Disponer de una camara de desinfeccion para los objetos personales que entren o salgan de la granja, la cual puede estar ubicada al ingreso de la misma o en la zona de transicion entre el area limpia y sucia.

2.9 Almacenar el alimento en areas delimitadas, sobre estibas para las explotaciones que no utilizan tolvas o silos.

2.10 Empacar y transportar los huevos en bandejas de material desechable nuevo o en bandejas plasticas lavadas y desinfectadas.

2.11 Transportar las aves vivas hacia la planta de beneficio y las aves de levante hacia otras granjas en guacales previamente lavados y desinfectados.

2.12 Mantener un sistema de desinfeccion para el calzado a la entrada de cada galpon.

2.13 Disponer de unidad sanitaria elaborada en un material de facil limpieza y desinfeccion, independiente de la casa de operarios o administradores de la granja, la cual debe constar de: vestier, ducha y sanitario para uso previo al ingreso de los galpones. 2.14 Contar con dotacion (overoles y botas) para los visitantes y el personal que labora en la granja, de material desechable o de facil lavado y desinfeccion.

2.15 Disponer de areas independientes para el almacenamiento de medicamentos, plaguicidas y sustancias de limpieza y desinfeccion.

2.16 Para el transporte de gallinaza o pollinaza, se debe contar con un sistema que asegure la no dispersion de la misma fuera del vehiculo que la transporta.

Articulo 5° Visita tecnica

El ICA dispondra hasta de quince (15) dias habiles a partir de la solicitud de certificacion para realizar la visita tecnica de verificacion, la cual se adelantara de acuerdo a los anexos de la presente resolucion. Como resultado de la visita se elaborara un acta que sera firmada por las partes en la cual constara el correspondiente concepto tecnico que podra ser aprobado, aplazado o rechazado, el cual formara parte del soporte para expedir la...

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