Boletín Normativo de Derivados Nº 013 - Bolsa de Valores - 13 de Julio de 2021 - Boletín Normativo de Derivados - Normativa - VLEX 910185227

Boletín Normativo de Derivados Nº 013 - Bolsa de Valores

Fecha de publicación13 Julio 2021
Número de Gaceta013
Bogotá D.C., Julio 13 de 2021 No. 013
La Bolsa de Valores de Colombia S.A. (en adelante “Bolsa” o “bvc”) de conformidad con lo
previsto en los artículos 1.3.8 y 1.3.11 del Reglamento General del Mercado de Derivados (en
adelante “Reglamento de Derivados”), publica para comentarios:
- TABLA DE CONTENIDO
CIRCULAR ÚNICA
Páginas
011
ASUNTO:
PUBLICACIÓN PARA COMENTARIOS DE LA PROPUESTA DE
MODIFICACIÓN DE LA CIRCULAR ÚNICA DEL MERCADO DE
DERIVADOS RELACIONADA CON LA ELIMINACIÓN DE: (i)
LOS FUTUROS DE TES A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO
(TESS, TESM, TESL), (ii) EL FUTURO DE INFLACIÓN, (iii) LAS
OPCIONES SOBRE ACCIONES PERTENECIENTES AL ÍNDICE
MSCI COLCAP y (iv) LOS FUTUROS SOBRE LAS ACCIONES
ORDINARIAS DE CEMEX, ÉXITO Y PREFERENCIAL AVIANCA.
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BOLETÍN NORMATIVO
CIRCULAR ÚNICA DEL MERCADO DE DERIVADOS
ASUNTO: PUBLICACIÓN PARA COMENTARIOS DE LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA
CIRCULAR ÚNICA DEL MERCADO DE DERIVADOS RELACIONADA CON LA
ELIMINACIÓN DE: (i) LOS FUTUROS DE TES A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO
(TESS, TESM, TESL), (ii) EL FUTURO DE INFLACIÓN, (iii) LAS OPCIONES SOBRE
ACCIONES PERTENECIENTES AL ÍNDICE MSCI COLCAP y (iv) LOS FUTUROS SOBRE
LAS ACCIONES ORDINARIAS DE CEMEX, ÉXITO Y PREFERENCIAL AVIANCA.
A continuación se publica la propuesta de modificación de la Circular Única del Mercados de
Derivados de la Bolsa mencionada en el asunto, con el fin de permitir a los Miembros presentar
sus sugerencias o comentarios por cinco (5) días hábiles contados a partir del día de su
publicación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.3.11 del Reglamento General del
Mercado de Derivados.
Las sugerencias o comentarios deben ser dirigidas al correo electrónico secretaria@bvc.com.co.
I. ANTECEDENTES Y PROPÓSITO
La Bolsa de Valores de Colombia S.A. (en adelante “bvc” o “la Bolsa”) se encuentra adelantando
una actualización a los productos de derivados disponibles para ser negociados y registrados,
con el objetivo de optimizar el listado de contratos en los sistemas y agilizar los procesos
operativos en las actividades de cierre diario.
Como parte del proceso mencionado, la Bolsa busca eliminar los contratos de Futuros de TES a
Corto, Mediano y Largo Plazo (TESS, TESM y TESL), los contratos de Futuros de Inflación, los
contratos de Opción sobre acciones pertenecientes al índice MSCI COLCAP y el Contrato de
Futuro Sobre la Acción del Éxito, el Futuro Sobre la Acción de Cemex Latam Holdings y el Futuro
Sobre la Acción de Preferencial Avianca.
Cabe mencionar que la última operación realizada en los Futuros de TESS, TESM y TESL fue en el
año 2014, en los Futuros de Inflación en el año 2015, y las Opciones sobre Acciones no han sido
negociadas desde su creación, en el año 2017. Adicionalmente, los contratos en cuestión no
cuentan con posiciones abiertas a la fecha en la Cámara de Riesgo Central de Contraparte
(CRCC).
Los contratos de futuro sobre las acciones mencionadas fueron suspendidos con antelación por
solicitud de la CRCC de no aceptar nuevas operaciones sobre estos instrumentos para su
compensación y liquidación. Es de anotar que la eliminación del futuro sobre la acción del Éxito
se hará efectiva una vez la CRCC realice la compensación y liquidación de las posiciones de este
instrumento que hayan sido aceptadas con anterioridad.
La eliminación de los contratos de Futuros de TES a Corto, Mediano y Largo Plazo (TESS, TESM y
TESL), los contratos de Futuros de Inflación, los contratos de Opción sobre acciones
pertenecientes al índice MSCI COLCAP implica la supresión de las condiciones generales y
parámetros de negociación de estos contratos en la Circular, así como el ajuste de algunos
aspectos operativos que aplican a estos contratos, como lo son los horarios de negociación, los
criterios para la obtención del precio de cierre, y los nemotécnicos identificadores.
II. PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
A continuación, se transcribe la propuesta a través de la cual se modifican los artículos 3.2.1,
3.2.2., 3.3.1, 4.2.1.1, 4.5.1.1., 4.5.1.2., Anexo No. 9, Anexo No. 13; y se derogan los artículos
4.3.1.1.1, 4.3.1.1.2, 4.3.1.1.3, 4.3.1.1.4, 4.3.1.1.5, 4.3.1.1.6, 4.3.1.1.7, 4.3.1.1.8, 4.3.1.2.1,
4.3.1.2.2, 4.3.1.2.3, 4.3.2.1.1, 4.3.2.1.2, 4.3.2.1.3, 4.3.2.1.4, 4.3.2.1.5, 4.3.2.1.6, 4.3.2.1.7,
4.3.2.1.8, 4.3.2.2.1, 4.3.2.2.2, 4.3.3.1.1, 4.3.3.1.2, 4.3.3.1.3, 4.3.3.1.4, 4.3.3.1.5, 4.3.3.1.6,
4.3.3.1.7, 4.3.3.1.8, 4.3.3.2.1, 4.3.3.2.2, la Sección III del Capítulo V y el Capítulo VII de la Parte
IV sobre los Contratos Derivados de la Circular Única de Derivados de bvc, en los siguientes
términos:

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