Al caído caerle - Núm. 1606, Octubre 2021 - Boletín Colegio de Abogados Comercialistas - Libros y Revistas - VLEX 877949635

Al caído caerle

AutorCarlos Mario Urbina Muñoz
CargoMiembro del Círculo de Jóvenes Comercialistas
Páginas9-11
P ág . 9
buena fe en el cumplimiento de sus funciones,
principalmente en la reorganización de las deudas de
la sociedad, teniendo en cuenta su situación precaria.
Lo que sí encontró el órgano fue que violó una de las
formalidades de la Ley 1116 de 2006 de Insolvencia
Empresarial para la validación del acuerdo
extrajudicial de reorganización; violando así su
obligación contenida en el numeral 2 del artículo 23
de la Ley 222 de 1995, la cual afirma que los
administradores deben velar por el estricto
cumplimiento de las disposiciones legales. Es por esto
que, frente a ese suceso, la Superintendencia
declaró al demandado responsable y lo condenó a
pagar los perjuicios causados por ello.
El documento completo puede ser consultado AQUÍ.
O ct ub re d e 20 21
Esto porque todo administrador debe actuar de
buena fe, de manera leal y diligente, como bien lo
ordena el artículo 23 de la Ley 222 de 1995. Así, los
administradores deben actuar en pro de los intereses
de la sociedad y no de los intereses propios y deben
proceder de manera prudente, informada, suficiente,
oportuna y razonable.
Sin embargo, aclaró que toda sociedad y su
administrador posee contacto con terceros.
Entonces, ¿cómo debe comportarse este frente a
ellos? En el caso de las sociedades que se encuentren
en solvencia el representante legal debe velar tanto
por los intereses de la sociedad, como de los socios.
Esto, sin desconocer los intereses de terceros,
quienes son vitales para el éxito económico de toda
sociedad. Ahora, si la sociedad está en insolvencia los
deberes legales de todo administrador se extienden
también frente a los terceros acreedores afectados.
Todo lo anterior no implica que el administrador
deba responder en sí mismo por las obligaciones
sociales, pero si este, al ejercer su labor, actuó de
mala fe, con negligencia, fraude o de manera ilegal,
debe responder por los perjuicios causados a
terceros. La diligencia, destreza y transparencia, en
palabras de la Superintendencia de Sociedades,
deben ser aplicadas en mayor medida en las
sociedades que estén atravesando un momento
financiero crítico. En suma, los administradores
sociales deben responder solidaria e ilimitadamente
por los daños ocasionados a la sociedad, socios y/o
terceros si obraron de forma contraria a sus deberes
legales, de acuerdo con el artículo 24 y 25 de la Ley
222 de 1995.
Claramente, si se quiere legitimación para demandar
a un administrador social por obrar en dicho sentido,
se debe tener un perjuicio en el demandante, la
violación de un deber por parte del administrador y el
nexo causal entre estos dos. Con esto, la
Superintendencia de Sociedades consideró en el caso
en cuestión que el demandado no era responsable
por todas las actuaciones que se le acusaban, pues no
se demostró en algunas la falta de diligencia, lealtad y
No. 1606
“Al Caído caerle”
Por: Carlos Mario Urbina Muñoz
Miembro del Círculo de Jóvenes Comercialistas
El título del presente escrito, a diferencia de lo que en
principio se podría llegar a pensar, fue escogido con
minuciosa precisión. Si bien es cierto que dicho
refrán podría ser considerado como coloquial dentro
de nuestra sociedad, la verdad es que no existe, a mi
parecer, mejor expresión que introduzca a la realidad
económico-contractual vivida actualmente dentro de
nuestro país.
Entrando un poco en materia, y para que usted lector
aclare un poco sus dudas sobre la temática del
presente escrito, lo invito a que realice conmigo un
ejercicio reflexivo a manera de ejemplo. Inicie
entonces visualizando su restaurante favorito, el que
más le guste, donde sirvan los mejores postres, o
aquel en donde a su criterio la atención es la mejor.
Una vez lo tenga, imagine que dicho restaurante se
ubica justo enfrente de su hogar, y que dicho
establecimiento ha estado allí por varios años, es un
lugar concurrido al que usted acude con frecuencia.

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