Del cálculo de la metodología tarifaria para el esquema de prestación regional en donde alguna de las APS se encuentra en un municipio con más de 5.000 suscriptores en el área urbana - Núm. 22, Mayo 2019 - Revista de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - Libros y Revistas - VLEX 846873466

Del cálculo de la metodología tarifaria para el esquema de prestación regional en donde alguna de las APS se encuentra en un municipio con más de 5.000 suscriptores en el área urbana

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RESOLUCIÓN CRA 853 DE 2018
TÍTULO VII
DEL CÁLCULO DE LA METODOLOGÍA TARIFARIA PARA EL ESQUEMA
DE PRESTACIÓN REGIONAL EN DONDE ALGUNA DE LAS APS SE
ENCUENTRA EN UN MUNICIPIO CON MÁS DE 5.000 SUSCRIPTORES
EN EL ÁREA URBANA
CAPÍTULO I
DEL CÁLCULO DEL COSTO FIJO, EL COSTO VARIABLE, EL PROMEDIO
PARA LA ESTIMACIÓN Y EL CENTROIDE DE PRODUCCIÓN
ARTÍCULO 128. Costo Fijo Total (CFTZ). El costo fijo total por
suscriptor del APS se define de la siguiente manera:
Donde:
CFTz: Costo Fijo Total por suscriptor del APS z (pesos de julio de
2018/suscriptor-mes).
CCSz: Costo de Comercialización por suscriptor del servicio
público de aseo para el APS z, definido en el ARTÍCULO 134
de la presente resolución (pesos de julio de 2018/suscriptor-
mes).
CLUSz: Costo de Limpieza Urbana por suscriptor para el APS z,
definido en el ARTÍCULO 136 de la presente resolución
(pesos de julio de 2018/suscriptor-mes).
CBLSz: Costo de Barrido y Limpieza por suscriptor para el APS
z, definido en el ARTÍCULO 142 de la presente resolución
(pesos de julio de 2018/suscriptor-mes).
z: Áreas de prestación del Servicio (APS) que conforman el
esquema de prestación regional, donde z = {1, 2, 3, 4,...,Z}.
ARTÍCULO 129. Costo Variable Por Tonelada de Residuos Sólidos
No Aprovechables (CVNA). El costo variable por tonelada de residuos
sólidos no aprovechables para el esquema de prestación regional se
define de la siguiente manera:
Donde:
CVNA: Costo Variable por tonelada de Residuos Sólidos no
Aprovechables para el esquema de prestación regional
(pesos de julio de 2018/tonelada).
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MARCO TARIFARIO DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO
PARA PEQUEÑOS MUNICIPIOS
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CRT: Costo de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos
definido en el ARTÍCULO 146 de la presente resolución
(pesos de julio de 2018/tonelada).
CDFT: Costo de Disposición Final Total por tonelada definido en el
ARTÍCULO 150 de la presente resolución (pesos de julio de
2018/tonelada).
CTz: Costo de Tratamiento por tonelada definido en el ARTÍCULO
156 de la presente resolución (pesos de julio de 2018/
tonelada).
ARTÍCULO 130. Costo Variable Por Tonelada de Residuos
Efectivamente Aprovechados (CVAZ). El costo variable por tonelada
de residuos sólidos efectivamente aprovechados del APS se define de
la siguiente manera:
CVA z = VBAz
Donde:
CVA z: Costo Variable por tonelada de residuos sólidos
efectivamente aprovechados del APS z (pesos de julio de
2018/tonelada).
VBAz: Valor Base de remuneración del Aprovechamiento del APS
z definido en el ARTÍCULO 158 de la presente resolución
(pesos de julio de 2018/tonelada).
z: Áreas de prestación del Servicio (APS) que conforman el
esquema de prestación regional, donde z = {1, 2, 3, 4,...,Z}.
ARTÍCULO 131. Promedio para los Cálculos. Cuando en el presente
Título se determine que los cálculos se realicen con el promedio de:
kilómetros de barrido y limpieza por APS, metros cuadrados de césped
cortados por APS, metros cuadrados de áreas públicas lavadas por
APS, kilómetros de playas costeras limpiados por APS, número de
cestas que hayan sido instaladas por APS, número de cestas objeto
de mantenimiento por APS, toneladas de residuos sólidos tratados
por APS, toneladas de residuos de rechazo del aprovechamiento por
APS, toneladas de residuos sólidos no aprovechables del esquema
de prestación regional, metros cúbicos de lixiviados generados en el
relleno sanitario y número de suscriptores; se tomará el promedio
mensual del semestre inmediatamente anterior, así: i) Para los
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RESOLUCIÓN CRA 853 DE 2018
períodos de facturación entre enero y junio, con base en el promedio
mensual de las cantidades de julio a diciembre del año anterior y ii)
Para los períodos de facturación de julio a diciembre con base en
el promedio mensual de las cantidades de enero a junio del año en
cuestión. El promedio de las toneladas de residuos efectivamente
aprovechados se calculará con la información mensual publicada por
la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), en el
Sistema Único de Información (SUI), para el período de facturación.
Parágrafo 1. Cuando al esquema de prestación regional se integre
una nueva APS o salga una de las APS, la persona prestadora
recalculará los promedios para el cálculo de los costos de que trata
la presente metodología. Tal situación deberá ser informada a la
Superintendencia de Servicios Públicos (SSPD) y a la Comisión de
Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
Parágrafo 2. Las personas prestadoras que inicien actividades con
posterioridad a la entrada en vigencia de la fórmula tarifaria deberán
estimar promedios mensuales, a partir de la información que se irá
acumulando mes a mes, hasta el 30 de junio del año en que se
iniciaron las operaciones. En el segundo semestre de operaciones, se
empleará el promedio de información disponible hasta el 30 de junio
del semestre anterior. A partir del tercer semestre, se empleará el
promedio de la información del semestre inmediatamente anterior.
ARTÍCULO 132. Centroide de Producción. Para efectos de lo
establecido en el presente título, el centroide de producción del APS
corresponde al punto identificado por coordenadas, de conformidad
con el estándar de georreferenciación nacional, el cual se utiliza para
estimar la distancia por la vía que conduce al sitio de disposición
final, transferencia o tratamiento desde éste hasta la respectiva
puerta de acceso.
El centroide de producción, se deberá calcular dividiendo el plano
de las APSz que contenga la producción de residuos, en áreas de
tamaño homogéneo como máximo de un (1) km2. Para cada una
de estas áreas, se establecerá un centroide particular, determinado
como el centro de la figura geométrica (baricentro) que constituye el
área de tamaño homogéneo. Cada uno de estos puntos se ubicarán
en un plano y se establecerá un promedio de los ejes de las abscisas

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