Calendario I.V.A. 2012 - Cartilla Impuesto sobre las Ventas IVA 2012 - Libros y Revistas - VLEX 393847278

Calendario I.V.A. 2012

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas238-250

Page 238

226

Cartilla Impuesto sobre las Ventas IVA

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO DE LA DECLARACION BIMESTRAL DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS

El formulario para la declaración del Impuesto sobre las ventas, código DIAN 300, no tuvo cambio para el año 2012.

Instrucciones generales para el diligenciamiento:

 Si se trata de una la corrección de algún dato de su declaración, es necesario diligenciar todas las casillas de un nuevo formulario el cual reemplaza totalmente al anterior, salvo en la sección pagos, donde debe registrar únicamente los valores que cancele junto con la presentación de esta declaración de corrección.

 Todas los renglones destinados a incluir valores deben ser diligenciados y aproximados al múltiplo de mil (1000) más cercano, si no hay valores qué registrar, el renglón se diligencia con cero (0).

 Para quienes presenten su declaración en forma litográica en el sistema bancario; ningún renglón del formulario puede contener enmendaduras ni tachones.

 El Registro Único Tributario debe estar siempre actualizado, cada que haya una novedad en las condiciones del responsable.

 Según Resolución 011963 de Noviembre 17 de 2011; el valor de la Unidad de Valor

Tributario (U.V.T.) para el año 2012 es de ($26.049.00).

 La sanción mínima establecida en el articulo 639 del Estatuto Tributario es de 10

Unidades de Valor Tributario (U.V.T.), es decir de ($260.000.00)

Para efecto de diligenciar los totales dentro de cada una de las secciones del formulario, los números indicados se reieren al número de renglón, escriba el resultado si es mayor que cero (0), si el resultado es negativo escriba cero (0).

Instrucciones especiicas para el diligenciamiento, por casillas:

Casilla 1. Año: Corresponde al año calendario en el cual se genera la obligación de declarar. Está conformado por cuatro dígitos, en este caso 2012.

Casilla 3. Período: Registre el código del bimestre al cual corresponde la declaración, según el siguiente detalle:

01 Enero - Febrero 03 Mayo - Junio 05 Septiembre - Octubre

02 Marzo - Abril 04 Julio - Agosto 06 Noviembre – Diciembre

Casilla 4. Número de formulario: Espacio determinado para el número único asignado por la DIAN a cada uno de los formularios.

Page 239

Cartilla Impuesto sobre las Ventas IVA 227

Casilla 5. Número de Identiicación Tributaria (NIT): Escriba el Número de

Identiicación Tributaria asignado por la DIAN al contribuyente sin el dígito de veriicación, tal como aparece en la casilla 5 de la hoja principal del último Registro Único Tributario (RUT) actualizado. En ningún caso escriba puntos, guiones o letras.

Casilla 6. DV.: Escriba el número que en su NIT se encuentra separado, llamado

“Dígito de veriicación” (DV), tal como aparece en la casilla 6 de la hoja principal del último Registro Único Tributario (RUT) actualizado.

Casilla 7. Primer apellido: Si el contribuyente es persona natural escriba el primer apellido, tal como igura en el documento de identiicación, el cual debe coincidir con el registrado en la casilla 31 de la hoja principal del último Registro Único Tributario (RUT) actualizado, si no coincide, actualice el RUT antes de presentar la declaración.

Casilla 8. Segundo apellido: Si el contribuyente es persona natural escriba el segundo apellido, tal como igura en el documento de identiicación, el cual debe coincidir con el registrado en la casilla 32 de la hoja principal del último Registro Único Tributario (RUT) actualizado, si no coincide, actualice el RUT antes de presentar la declaración.

Casilla 9. Primer nombre: Si el contribuyente es persona natural escriba el primer nombre, tal como igura en el documento de identiicación, el cual debe coincidir con el registrado en la casilla 33 de la hoja principal del último RUT actualizado, si no coincide, actualice el RUT antes de presentar la declaración.

Casilla 10. Otros nombres: Si el contribuyente es persona natural escriba el segundo nombre (u otros nombres), tal como igura en el documento de identiicación, los cuales deben coincidir con los registrados en la casilla 34 de la hoja principal del último Registro Único Tributario RUT actualizado, si no coinciden actualice el RUT, antes de presentar la declaración.

Casilla 11. Razón social: Si es persona jurídica o sociedad de hecho, escriba la razón social completa; tratándose de consorcios o uniones temporales, registre el nombre del mismo, designaciones que deben coincidir con la registrada en la casilla 35 de la hoja principal del último Registro Único Tributario (RUT) actualizado, si no coincide, actualice el RUT antes de presentar la declaración.

Casilla 12. Cód. Dirección seccional: Registre el código de la Dirección seccional que corresponda al domicilio principal de su actividad o negocio, según lo informado en la casilla 12 del Registro Único Tributario “RUT”. Veriique que el dato corresponda al último Registro Único Tributario (RUT) actualizado, si no coincide actualice el RUT antes de presentar la declaración.

Casilla 24. Si es gran contribuyente, marque “X”: Si esta catalogado, mediante resolución expedida por la DIAN, como gran contribuyente señale con una “X” en el

Page 240

228

Cartilla Impuesto sobre las Ventas IVA

recuadro, si no es así, no diligencie esta casilla. Si usted fué caliicado como gran contribuyente, esta calidad debe estar actualizada en el Registro Único Tributario (Casilla 53 del RUT, responsabilidad 13).

Si la declaración corresponde a una corrección indique.

Casilla 25. Código: “1” si es una corrección a la declaración privada, “2” si es una corrección a la corrección generada por la DIAN, con base en la Ley 962 de 2005 y “3” si es una corrección con posterioridad a un acto administrativo (corrección aritmética Art.697, Estatuto Tributario, o corrección establecida en el Art. 589 del Estatuto. Tributario)

Casilla 26. Número del formulario anterior: Si va a corregir una declaración correspondiente al año gravable 2011 y anteriores, escriba aquí los trece dígitos que iguran en la casilla 4 del formulario correspondiente a la declaración objeto de corrección. Si va a corregir una declaración generada por la DIAN con base en la ley 962 de 2005, escriba aquí los dígitos que iguran en la casilla 4 de dicha declaración. Si la corrección es posterior a un acto administrativo, escriba todos los números del acto administrativo.

SECCIÓN INGRESOS

Renglón 27. Ingresos brutos por exportaciones: Escriba en este renglón el valor

FOB correspondiente a las exportaciones realizadas en el período. Incluya también en esta renglón el valor obtenido por la venta en el país de bienes de exportación a las sociedades de comercialización internacional, así como los ingresos por los servicios intermedios de la producción que se presten a tales sociedades ( Literal
b. Art. 481 del E. T.). Por valor FOB se entiende el valor de la mercancía puesta en el sitio de embarque, sin incluir letes ni seguros.

Renglón 28. Ingresos brutos por operaciones exentas. (Territorio nacional):

Escriba el total de ingresos por operaciones exentas realizadas en el territorio nacional durante el periodo. Para estos efectos, hay operaciones exentas relativas a la venta de bienes y relativas a la prestación de servicios que deben estar señaladas de manera expresa en la Ley. En cuanto a bienes, para los productores correspondientes, es exenta la venta de los bienes señalados por el artículo 477 del Estatuto Tributario o en otras disposiciones especiales: así mismo lo señalado en los artículos 478, 479 y 481 del Estatuto Tributario.

Renglón 29. Ingresos brutos por operaciones excluidas: Relacione en este renglón los valores correspondientes a operaciones expresamente excluidas del IVA y que por lo tanto no causan el impuesto sobre las ventas.

Renglón 30. Ingresos brutos por operaciones no gravadas: Incluya en este renglón el valor de los ingresos que no tienen relación alguna con el impuesto sobre las ventas, tales como: Ingresos laborales, ingresos por enajenación de activos ijos.

Page 241

Cartilla Impuesto sobre las Ventas IVA 229

Renglón 31. Ingresos brutos por operaciones gravadas: Incluya en este renglón el valor de los ingresos por operaciones gravadas realizadas durante el período relativas a: La venta de bienes corporales muebles, prestación de servicios en el territorio nacional, importación de bienes corporales muebles, circulación venta u operación de juegos de suerte y azar con excepción de las loterías, la venta de activos ijos realizados habitualmente por cuenta y a nombre de terceros y la venta de aerodinos realizadas durante el período. Tenga en cuenta la base gravable en cada operación y que no haya sido expresamente exceptuada o excluida.

Renglón 32. Total ingresos brutos: Sume el valor de los renglones 27 (Ingresos brutos por exportaciones) más renglón 28 (Ingresos brutos por operaciones exentas) más renglón 29 (Ingresos brutos por operaciones excluidas) más renglón 30...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR