Capítulo II. Hecho generador - Título I. Impuesto sobre las ventas - IVA - IVA e INC - Libros y Revistas - VLEX 812068897

Capítulo II. Hecho generador

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Eliecer Bello Franco
Páginas1-33
Impuesto sobre las Ventas – IVA 1
TÍTULO I
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS – IVA
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1. ¿Qué es el Impuesto sobre las Ventas (en adelante IVA)?
El IVA es un gravamen que recae sobre el consumo de bienes corporales muebles, activos intangibles asociados
   
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intermediario llamado responsable.
2. ¿Quién es el sujeto activo del IVA?

Nacionales (en adelante DIAN)            
cumplimiento del pago del impuesto. (Decreto 4048 de 22 de octubre de 2008, artículos 1 y 3, parcial)
3. ¿Quién es el sujeto pasivo del IVA?
El sujeto pasivo del IVA debe verse desde dos puntos de vista, así:
-- Sujeto Pasivo de Derecho:           
incumplimiento acarreará las sanciones penales correspondientes.
-- Sujeto Pasivo Económico: Persona sobre la cual recae la obligación de pago del tributo.

“Sujeto Pasivo Económico: Es la persona que adquiere bienes y/o servicios gravados, quien soporta o asume
el impuesto. El sujeto pasivo económico no es parte de la obligación tributaria sustancial, pero desde el punto
      
asume.
Sujeto Pasivo de Derecho:            
cumplir las obligaciones que le impone el Estado. (Ej. Presentar la declaración y pagar el impuesto), so pena
de incurrir en sanciones de tipo administrativo (Sanción por extemporaneidad, sanción moratoria, etc.) y de tipo
penal.
CAPÍTULO II
HECHO GENERADOR
4. ¿Qué constituye el hecho generador del IVA?
El impuesto recae sobre los siguientes momentos:
 
b) La venta o cesiones de derechos sobre activos intangibles, únicamente asociados con la propiedad
industrial;
 
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 
        (Estatuto Tributario Nacional, artículo 420,
parcial)
Cartilla IVA - INC - Facturación 20192
Respecto del presente punto, la DIAN sostuvo:
             
mueble que no se enajena dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente. Por consiguiente quien

vende, sobre dicha venta no se aplica el IVA.
Como excepciones a la regla general se encuentran:
   
terceros, caso en el cual será responsable el mandatario, consignatario o similar. Quien encarga la venta

    
evento son responsables tanto el comerciante como los vendedores ocasionales de tales bienes; actuando
como agente retenedor del ciento por ciento (100%) del impuesto la Unidad Administrativa del Aeronáutica
Civil.
              
conforme con el cual, todas las ventas de bienes corporales muebles, prestación de servicios en el territorio
nacional e importación de bienes corporales muebles se encuentran gravadas con el IVA, salvo las excepciones
taxativamente señaladas en las disposiciones legales.
             
actividades, así encontramos que constituye hecho generador de este gravamen la venta conforme con la
              
bienes corporales muebles no excluidos expresamente, así como la prestación de servicios en el territorio
nacional y la realización de juegos de suerte y azar”.       
2003)
SECCIÓN I
VENTA DE BIENES CORPORALES MUEBLES
4. 1 ¿Qué hechos se consideran venta de bienes?
Se consideran venta de bienes:
a) Todos los actos que impliquen la transferencia del dominio a título gratuito u oneroso de bienes corporales
            
Tributario, independientemente de la designación que se dé a los contratos o negociaciones que originen
   
(Estatuto Tributario Nacional,
artículo 421, Lit. a))
Tenga en cuenta que:
“(…) el concepto de venta para efectos del IVA no es sólo el que se entiende habitualmente en las
operaciones mercantiles, o sea intercambiar una cosa por un precio, sino que es más amplio, abarcando
operaciones y transacciones que para el derecho civil y/o comercial no son ventas o formalmente no se
hacen aparecer como tales, pero para el IVA constituyen hecho generador”. 
No. 1 de 19 de junio de 2003)
               
bienes1.
b) Los retiros de bienes corporales muebles e inmuebles hechos por el responsable para su uso o para formar
(Estatuto Tributario Nacional, artículo 421, Lit. b))
c) Las incorporaciones de bienes corporales muebles a inmuebles, o a servicios no gravados, así como
la transformac       
 
Impuesto sobre las Ventas – IVA 3
construidos, fabricados, elaborados, procesados, por quien efectúa la incorporación o transformación.
(Estatuto Tributario Nacional, artículo 421, Lit. c))
También se consideran como ventas de bienes corporales muebles la celebración de contratos de suministro,
2.
4. 1. 1 ¿Que hechos no se consideran Ventas para el IVA?
No se considera venta para efectos del IVA:
a) La donación efectuada por entidades estatales de las mercancías aprehendidas, decomisadas o
abandonadas a favor de la nación, en los términos de la regulación aduanera vigente;
b) La asignación de las mercancías decomisadas o abandonadas a favor de la nación que realicen las
entidades estatales, siempre que se requieran para el cumplimiento de sus funciones;
c) La entrega de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la nación que
               (Estatuto
Tributario Nacional, artículo 421, Par.)

              
Código Civil, que reza:
“Artículo 653. Los bienes consisten en cosas corporales o incorporales.
Corporales son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos, como una casa, un libro.

Así las cosas tenemos:
Bienes Corporales
i) Muebles: Bienes que pueden trasladarse de un lugar a otro por sí
mismas (semovientes)
ii) Inmuebles: Bienes que NO pueden trasladarse     
    
Bienes Incorporales
i) Derechos Personales: 
del deudor el cumplimiento de una prestación de dar, hacer o no hacer.
ii) Derechos reales: Es el derecho que recae directamente sobre una cosa
del cual es titular una persona.
Tenga en cuenta que para los efectos del IVA, también se consideran bienes corporales muebles, los bienes

a inmuebles. (Estatuto Tributario Nacional, artículo 422)


a) Bienes Gravados:     
una tarifa diferencial, según sea el caso.
b) Bienes Excluidos: 

relación con el gravamen. Si quien los produce o comercializa pagó impuestos en su etapa de producción
 
19 de junio de 2003.

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