Carta de comentarios ministerio de hacienda al proyecto de ley 052 de 2012 cámara
CARTA DE COMENTARIOS MINISTERIO DE HACIENDA AL PROYECTO DE LEY 052 DE 2012 CÁMARA. CARTA DE COMENTARIOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 052 DE 2012 CÁMARApor medio de la cual se articula en los niveles Nacional y territorial el Sistema Integral de Apoyo a la Mujer y a la Menor en Situación de Maltrato y se dictan otras disposiciones, acumulado con el Proyecto de ley número 3 de 2012 Cámara, por medio de la cual se crea la Unidad de Vigilancia contra el Maltrato a la Mujer.
1.1
UJ-0553-12
Bogotá, D. C., 20 de marzo de 2012
Honorable Representante
AUGUSTO POSADA SÁNCHEZ
Presidente
Cámara de Representantes
Ciudad
Asunto: Proyecto de ley número 52 de 2012 Cámara, por medio de la cual se articula en los niveles Nacional y territorial el Sistema Integral de Apoyo a la Mujer y a la Menor en Situación de Maltrato y se dictan otras disposiciones, acumulado con el Proyecto de Ley 3 de 2012 Cámara, por medio de la cual se crea la Unidad de Vigilancia contra el Maltrato a la Mujer.
Honorable Presidente:
De manera atenta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presenta los comentarios que estima pertinentes someter a su consideración sobre el Proyecto de ley número 52 de 2012 Cámara, por medio de la cual se articula en los niveles Nacional y territorial el Sistema Integral de Apoyo a la Mujer y a la Menor en Situación de Maltrato y se dictan otras disposiciones, acumulado con el Proyecto de Ley número 3 de 2012 Cámara, por medio de la cual se crea la Unidad de Vigilancia contra el Maltrato a la Mujer.
El presente Proyecto de Ley, de iniciativa parlamentaria, tiene como objeto identificar, consolidar y unificar de manera eficiente en los niveles nacional y territorial, las entidades y medidas legales y administrativas existentes contra cualquier forma de violencia de género, a través de la articulación del Sistema Integral de Apoyo a la Mujer y a la Menor en Situación de Maltrato, de forma tal que este se constituya en el mecanismo rector oficial y permanente para la prevención y protección contra el abuso de que son o llegaren a ser víctimas las mujeres de cualquier edad y condición.
Los artículos 4° y 5° del proyecto de ley disponen:
Se crea la Unidad de Vigilancia contra el Maltrato a la Mujer, la cual dependerá de la Alta Consejería para la Equidad de la Mujer, y tendrá como objetivo vigilar el cumplimiento y su aplicación de las normas que rigen sobre violencia contra la mujer y, especialmente, los entes que intervienen en el protocolo de atención a las mujeres violentadas garantizando que dichos procesos sean acelerados y realizados efectivamente.
La Unidad de Vigilancia contra el Maltrato a la Mujer estará conformada por diez (10)...
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