Caso 2 ? Activos de larga vida - Estudios de caso - Estándares/Normas internacionales de información financiera (IFRS/NIIF). Incluye ejercicios y estudios de caso - 6ta edición - Libros y Revistas - VLEX 800703365

Caso 2 ? Activos de larga vida

AutorSamuel Alberto Mantilla Blanco
Páginas745-748
SECCIÓN CUATRO. EJERCICIOS 745
CASO 2 - ACTIVOS DE LARGA VIDA
El 1 de enero de 2010 la empresa “Petróleos” realizó una combinación de negocios con la empresa
“Plataformas” con el n de fortalecer su capacidad exportadora de hidrocarburos.
En la combinación de negocios adquirió un conjunto de plataformas de petróleo marítimas con
valor razonable de $2.500.000 y vida útil estimada de 10 años. “Petróleos” tiene como política de
contabilidad reconocer sus activos tanto de PPE como de exploración y explotación al costo.
La jurisdicción a la cual pertenece “Petróleos” requiere legalmente que el propietario de las
plataformas de petróleo marítimas desmantele y elimine la plataforma al nal de su vida útil y
entregue ambientalmente limpias las zonas donde se ubican. Como este requerimiento es para
el propietario de la plataforma al nal de su vida útil, ello quiere decir que a “Petróleos” le estaría
permitido transferir contractualmente su pasivo por desmantelamiento.
Para efectos tributarios, la jurisdicción a la cual pertenece “Petróleos” da dos alternativas:
1. Reconocer el pasivo por desmantelamiento como parte del costo de adquisición, caso
en el cual adicional a la deducción del 40% de la depreciación de la plataforma en el
período da un incentivo tributario adicional consistente en un bono tributario que, luego
del desmantelamiento y a satisfacción de la autoridad ambiental, será redimido como
devolución por impuestos. Tal bono se causa en cada período de contabilidad y es igual al
50% de la deducción por depreciación. La autoridad tributaria hace el reconocimiento de
manera lineal, esto es, no genera ni intereses ni pagos adicionales.
2. Ir creando progresivamente un fondo para desmantelamiento, según cálculo de la propia
entidad. En este caso, el 100% del valor aportado al fondo en cada período será deducible
para efectos tributarios. “Petróleos” podrá obtener rendimientos del fondo, los cuales no
generarán ninguna deducción. “Petróleos” no podrá hacer retiros del fondo y en el caso de
que transera a un tercero la plataforma de petróleo marítima, tendrá que devolverle a la
autoridad tributaria los valores deducidos por el fondo más intereses anuales del 15%.
Con base en el IFRS 13 (parágrafos B23 a B30) “Petróleos” utiliza la técnica del valor presente
esperado para medir el pasivo por desmantelamiento, el cual se convertirá en ‘mayor costo’ del
mismo en el momento de su reconocimiento inicial.
Según el IFRS 13, a “Petróleos” se le podría permitir contractualmente trasferir su pasivo por
desmantelamiento a un participante en el mercado. “Petróleos” concluye que el participante
en el mercado utilizaría todas las variables siguientes, ponderando la probabilidad cuando ello
proceda, al estimar el precio que esperaría recibir:
a. los costos de mano de obra;
b. la asignación de costos indirectos;
c. la compensación que el participante en el mercado requeriría para llevar a cabo la
actividad y por asumir el riesgo asociado con la obligación para desmantelar y remover
el activo. Tal compensación incluye todos los siguientes:
i. utilidad en los costos de mano de obra y en los costos indirectos; y
ii. el riesgo de que las salidas de efectivo reales puedan exceder las esperadas,
excluyendo la inación;
d. el efecto que la inación tiene en los costos y utilidades estimados;
e. el valor del dinero en el tiempo, representado por la tasa libre de riesgo; y

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