El caso Naturgy contra Colombia. Una segunda experiencia en materia de arbitraje de inversiones - Núm. 1602, Marzo 2021 - Boletín Colegio de Abogados Comercialistas - Libros y Revistas - VLEX 868059897

El caso Naturgy contra Colombia. Una segunda experiencia en materia de arbitraje de inversiones

AutorSebastián Salazar Castillo.
Páginas6-7
PÁG.6
PERSPECTIVAS
Dicha intervención fue considerada por el
inversionista como una violación a sus derechos y, en
especial, a las particulares protecciones que los
APPRI (especialmente el suscrito con España)
conceden a los inversionistas, como en efecto ocurre
con el demandante en este caso.
Los inversionistas reclamaban, entre otras cosas, que
la conducta del Estado había sido violatoria de sus
derechos a recibir un trato justo y equitativo (TJE o
FET por sus siglas en inglés), argumentando que no se
había brindado protección y seguridad plena a la
inversión (PSP) y que los actos estatales eran
contrarios al estándar de nación más favorecida (MFN
por sus siglas en inglés). Estas alegaciones estaban
basadas en afirmaciones relativas a (i) como el Estado
había incumplido compromisos puntuales de apoyo
para mejorar la situación de la compañía y con esto
mejorar el servicio, (ii) deudas de entidades
territoriales por conceptos de energía que no habían
sido pagadas, (iii) la inactividad del Estado al
momento de procesar reclamaciones en contra de
consumos ilegales de energía y, finalmente, (iv) por la
desprotección en que se afirma se encontraban
debido a las decisiones de las Cortes colombianas que
prohibían retirar el servicio de energía por no pago
en casos de personas en situaciones especiales.
Para los detractores, específicamente quienes
consideran que con la suscripción de tratados de
protección a las inversiones se conceden derechos
excesivos e innecesarios a los inversionistas
extranjeros con el propósito de atraer inversión al
país, estas reclamaciones suponen un riesgo a la
seguridad y estabilidad económica del Estado.
El caso Naturgy contra Colombia. Una segunda experiencia en materia de arbitraje de inversiones
Por: Sebastián Salazar Castillo (Miembro de la Junta Directiva del CAC. Socio de Rincón Cuéllar &
Asociados)
Como es sabido, con fecha 12 de marzo de 2021 se
resolvió, mediante el laudo correspondiente expedido
por un Tribunal de arbitraje organizado bajo el
reglamento del Centro Internacional de Arreglo de
Disputas Relativas a Inversiones (CIADI), la
controversia entre Naturgy Energy Corp y Naturgy
Electricidad Colombia (Anteriormente compañías de
Gas Natural Fenosa) en contra de la República de
Colombia.
Dicha decisión es la segunda de tribunales arbitrales
de inversiones en procesos que involucran al Estado
Colombiano como parte demandada, tras la anterior
experiencia del caso de Glencore contra Colombia en
2019.
Mucho se ha comentado sobre estas reclamaciones y
sus consecuencias. En particular como consecuencia
de las numerosas reclamaciones en curso en contra
de Colombia por circunstancias similares a esta,
basadas en los Acuerdos de Promoción y Protección
Recíproca de Inversiones (APPRI) que se han suscrito
y ratificado en los últimos años. Como ejemplo de
dichos tratados, encontramos el firmado con Suiza
(bajo el cual se resolvió la controversia con Glencore),
el firmado con España (aplicable a la controversia con
Naturgy) y el firmado con Francia recientemente, que
dio lugar a la sentencia C-252 de 2019 por parte de la
Corte Constitucional.
Atendiendo el caso particular de Naturgy, los hechos
que motivaron su ocurrencia se relacionan con la
intervención que hiciera el Estado Colombiano de la
empresa Electricaribe, encargada de proveer el
servicio público esencial de energía eléctrica en los
departamentos de la zona norte de Colombia.
M AR ZO D E 20 21 N O. 1 60 2

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