CIRCULAR 016 RD 6319 - 24 de Mayo de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 725734453

CIRCULAR 016 RD 6319

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6319 24 MAYO 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6319 • pP. 1-10 • 2018 • MAYO 24
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horas serán acumulables en el mes, para el caso de
los horarios extensivos”.
El interesado deberá radicar la solicitud ante la Vice-
veeduría Distrital, con visto bueno del jefe inmediato,
con la debida antelación.
Cuando se trate del permiso de medio día de des-
canso en día laboral por el cumpleaños del servidor
público, la solicitud debe indicar:
* Nombre completo y denominación del cargo que
ocupa.
* Fecha y jornada en la que tomará el medio día
de descanso remunerado.
El medio día de descanso remunerado se otorgará
en la fecha de cumpleaños del funcionario. Cuando
esa fecha no coincida con un día hábil, el medio día
de descanso remunerado, se concederá en el día
hábil siguiente.
Cuando se trate del permiso de hora diaria remune-
rado u horas acumulables en el mes, para adelantar
estudios en educación formal de primaria, bachille-
rato, pregrado o posgrado, la solicitud debe indicar
y estar acompañada de los siguientes documentos:
* Nombre completo y denominación del cargo que
ocupa.
* La forma en que se tomarán las horas de per-
miso, esto es, de manera diaria o acumulable
en el mes.
* Anexar la orden de matrícula.
* Anexarcerticacióndelhorarioaprobadoporla
institución educativa.
* La planeación de las actividades del funciona-
rio, bajo el entendido que su ausencia no debe
afectar la prestación del servicio en la Entidad.
Una vez radicadas las correspondientes solicitudes,
ypreviavericacióndelosrequisitos,laViceveedu-
ría Distrital dará respuesta a la solicitud y por medio
del Área de Talento Humano comunicará sobre la
decisión al interesado y a su jefe inmediato.
Cordial saludo,
JAIME TORRES-MELO
Veedor Distrital
PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTO-
RES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS,
GERENTES Y DIRECTORES DE UNIDADES AD-
MINISTRATIVAS ESPECIALES, ESTABLECIMIEN-
TOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y
COMERCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES DE
ECONOMIA MIXTA, EMPRESAS SOCIALES DEL
ESTADO DEL ORDEN DISTRITAL, EMPRESAS DE
SERVICIOS PÚBLICOS Y JEFES DE LAS OFICINAS
DE CONTROL INTERNO
DE: VEEDOR DISTRITAL
ASUNTO: PUBLICACIÓN OPORTUNA DE LOS IN-
FORMES PORMENORIZADOS DEL SISTEMA DE
CONTROL INTERNO, ENTREGA DE CARGOS Y
EMPALME DE LOS JEFES DE CONTROL INTERNO
FECHA: 15 de agosto de 2017
I. PUBLICACIÓN OPORTUNA DE LOS INFORMES
PORMENORIZADOS DEL SISTEMA DE CONTROL
INTERNO
La Veeduría Distrital en desarrollo de su función pre-
ventiva, les recuerda que la Ley 1474 de 20111, en
su artículo 9 establece que “El jefe de la Unidad de la
Ocina de Control Interno deberá publicar cada cuatro
(4) meses en la página web de la entidad, un informe
pormenorizado del estado del control interno de dicha
entidad, so pena de incurrir en falta disciplinaria grave”.
En concordancia con lo anterior y de acuerdo con los
lineamientos y conceptos del Departamento Adminis-
trativo de la Función Pública -DAFP-, los periodos de
evaluación y las fechas máximas para la publicación
de los mencionados informes obedecen al siguiente
orden secuencial:
No. Periodo de evaluación Fecha máxima de
publicación
1
01 de noviembre de
la vigencia anterior a
28 de febrero de la
vigencia actual.
12 de marzo de la vigencia
actual.
2
01 de marzo a 30 de
junio de la vigencia
actual.
12 de julio de la vigencia
actual.
3
01 de julio a 31 de
octubre de la vigencia
actual.
12 de noviembre de la
vigencia actual.
1 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de preven-
ción, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control
de la gestión pública”.

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