Circular Externa 0020 - 12 de Diciembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43201381

Circular Externa 0020

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín45399

Dependencia: 0000

Destino: Consejos Directivos, Directores Administrativos y Revisores Fiscales de las Cajas de Compensación Familiar

De: Superintendente del Subsidio Familiar.

Asunto: Presupuesto de ingresos, egresos e inversiones vigencia 2004.

Fecha: 28/11/2003 02:46:01 p. m.

Este Despacho en cumplimiento de las funciones estatuidas en el artículo 24 numerales 1, 4 y 7 de la Ley 789 de 2002, el artículo 7º, numeral 4 del Decreto 2150 de 1992 y el artículo 14 del Decreto 827 de 2003, establece los lineamientos para la presentación de los presupuestos de ingresos, egresos e inversiones para la vigencia de 2004.

  1. Presupuesto de ingresos y egresos

    Las entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia del Subsidio Familiar deben elaborar los Presupuestos de Ingresos y Egresos para el ejercicio comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2004. Es de recordar que, las proyecciones deben efectuarse para efectos de control de gestión, por períodos trimestrales.

    Con el fin de facilitar el diligenciamiento del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos para la vigencia del año 2004, les estamos haciendo llegar los formatos guía actualizados de conformidad con los nuevos lineamientos establecidos por la Ley 789 de 2002 y de conformidad con el Plan Unico de Cuentas adoptado mediante la Resolución número 500 de agosto de 1997, los cuales deben ser diligenciados en estricta sujeción a los mismos y con la documentación complementaria requerida para el efecto.

    Deben tenerse en cuenta también las instrucciones impartidas en las Circulares números 002 y 004 de 2003, proferidas con base en la expedición de la Ley 789 de 2002 y aquellas que en adelante se expidan y tengan que ver con el tema.

    Por efectos operativos en cada Corporación, se considera necesario que los Consejos Directivos aprueben los respectivos Presupuestos antes del 31 de diciembre de 2003 e igualmente agilicen así su presentación con los documentos pertinentes.

    Esta información debe ser enviada paralelamente vía módem o Internet, en medio magnético y en forma impresa, sin modificaciones, de acuerdo con las características técnicas que se anexan a esta circular. Adicionalmente, deberán enviar los presupuestos bajo la estructura del archivo plano que se encuentra anexo en los formatos de los presupuestos 2004. (Archivo: Formatos Ppto Ing Eg 2004).

    1.1 Diligenciamiento de los Presupuestos de Ingresos y Egresos

    En el formato básico de presupuesto anual de ingresos y egresos comparativo, para la información del período ejecutado 2003, se deben consignar las cifras de enero a diciembre de 2003, de acuerdo con la información contable registrada.

    Este formato proyecta los ingresos y egresos para el año 2004 con base en los dos semestres del mismo y el total anual, estableciendo al final las variaciones porcentuales y relativas, entre las dos vigencias. Las cifras deben ser registradas al nivel de miles ($000) de pesos con el fin de que su procesamiento sea uniforme.

    - La distribución de los aportes del cuatro (4%) por ciento que estimen recaudar deberá ser calculada conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 21 de 1982; Ley 49 de 1990; el artículo 217 de la Ley 100 de 1993, el Decreto 1902 de 1994, las modificaciones establecidas en la Ley 789 de 2002 y en el Decreto 827 de 2003.

    - Las Cajas de Compensación Familiar podrán destinar para gastos de publicidad, propaganda y avisos hasta un 10% de los gastos de administración, instalación y funcionamiento, para...

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