Circular externa 0022 de 2020 - 24 de Marzo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 842529075

Circular externa 0022 de 2020

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín51266

Este Ministerio ha recordado en diversas oportunidades que el trabajo 'es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de ia especial protección det Estado", tal y como se índica en et articulo 25 de la Constitución Política de Colombia,

En virtud del compromiso de este Gobierno y del llamado que hace la Organización Internacional del Trabajo a todos los gobiernos del mundo, para proteger a los trabajadores, estimular la economía y el empleo, y sostener los puestos de trabajo y los ingresos en la crisis por la que atraviesa el planeta con la pandemia del COV1D-19, este Ministerio informa que en razón a la suspensión de términos en todas las sedes, no se ha emitido autorización alguna de despido colectivo de trabajadores, ni de suspensión de contratos laborales,

Adicionalmente, esta entidad aclara que la configuración o no de una fuerza mayor corresponde de manera funcional al Juez de la República, quien determinará o no su existencia, con base en la valoración de los hechos puestos a su consideración.

En todo caso, el empleador debe valorar las funciones a cargo del trabajador y la posibilidad del desempeño de tas mismas a través de las alternativas planteadas en la Circular 21 de 2020, por lo que se hace un llamado a los empleadores para que en estos momentos de dificultad mantengan la solidaridad y el respaldo que los ha caracterizado hacia los trabajadores y sus familias, independientemente de si su...

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