Circular externa 021 de Superintendencia Financiera, 04-08-2022 - Normativa - VLEX 908551388

Circular externa 021 de Superintendencia Financiera, 04-08-2022

Número de circular021
Año2022
Fecha04 Agosto 2022
Proy CE

CIRCULAR EXTERNA 021 DE 2022

( Agosto 04 )

Señores

REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO, BANCOLDEX, FINDETER Y FINAGRO

Referencia: Calibración de los factores aplicables para el cálculo del Coeficiente de Fondeo Estable Neto

Apreciados señores:

Como parte del proceso de convergencia hacia estándares internacionales y mejores prácticas en la gestión del riesgo de liquidez, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió la Circular Externa 019 de 2019 mediante la cual introdujo el Coeficiente de Fondeo Estable Neto (CFEN) y definió el cronograma de implementación de dicho indicador por parte de las entidades vigiladas, el cual se ha cumplido y mantiene en los términos previstos.

En seguimiento a la implementación de este estándar, mediante la Carta Circular 065 de 2021, la SFC requirió a las sociedades fiduciarias información sobre los depósitos a la vista realizados por cuenta de sus vehículos administrados. Con base en el análisis de dicha información, esta Entidad evidenció que, para algunas líneas de negocio fiduciario, la vocación principal de los recursos administrados es el cumplimiento de una finalidad a mediano y largo plazo que condiciona el flujo de los depósitos a la vista de estos vehículos.

De otra parte y atendiendo los estándares internacionales aplicables en la gestión del riesgo de liquidez, se excluyen del cálculo del CFEN las operaciones que implican la interdependencia de un activo y un pasivo, las cuales minimizan la exposición de las entidades a fuentes de fondeo generales.

De acuerdo con lo anterior, esta Superintendencia, en ejercicio de las facultades previstas en el literal a) del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en los numerales 4 y 5 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, imparte las siguientes instrucciones:

PRIMERA: Modificar los numerales 2.1 y 2.2 del Anexo 4 del Capítulo VI de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) para incorporar el tratamiento de las operaciones interdependientes en el cálculo del CFEN, de...

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