Circular externa Nº OFI19-1099-DCN-2300 del Ministerio del Interior, 21-01-2019 - Normativa - VLEX 877557836

Circular externa Nº OFI19-1099-DCN-2300 del Ministerio del Interior, 21-01-2019

Fecha21 Enero 2019
Número de circularOFI19-1099-DCN-2300
EmisorDirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raízales y Palenqueras
CIRCULAR EXTERNA
OFI19-1099-DCN-2300
Bogotá, D.C. lunes, 21 de enero de 2019
PARA:
ORGANIZACIONES
DE
COMUNIDADES
NEGRAS,
AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS
DE:
DIRECCIÓN DE ASUNTOS PARA COMUNIDADES NEGRAS,
AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS
ASUNTO:
ACTUALIZACIÓN Y CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA DE
ADMINISTRACIÓN, DIRECCIÓN Y/0 REPRESENTACIÓN.
La Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y
Palenqueras, solicita a las Organizaciones de Comunidades Negras,
Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras INSCRITAS, realizar antes del
31 de
marzo de 2019, la
actualización de la información en el Registro Único que lleva
esta dependencia de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto
2893 de 2011 y el Capítulo 1 del Título 1 de la parte 5 del Decreto 1066 de 2015.
Igualmente, se solicita informar sobre los cambios en la estructura de
administración, dirección y/o representación.
ACTUALIZACIÓN
Se recuerda a las Organizaciones de Comunidades Negras, Afrocolombianas,
Raizales y Palenqueras inscritas en el Registro Único, que desde el año 2009
existe la obligación de actualizar dentro de los primeros tres (3) meses de cada
año, los siguientes documentos de conformidad con el artículo 2.5.1.1.17 del
1.
Plan anual de actividades.
2.
Relación de miembros.
3.
Datos relacionados con la dirección, y
4.
Datos relacionados con la representación legal de la respectiva
organización.
EFECTOS DE NO REALIZAR LA ACTUALIZACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO
En caso de no efectuarse la actualización de la documentación relacionada en la
presente Circular, se informa a las Organizaciones de Comunidades Negras,
Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras inscritas, que la Dirección de Asuntos
para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, deberá dar
cumplimiento a lo estipulado en el artículo 2.5.1.1.19 del Decreto 1066 de 2015,
que al tenor señala:
"ARTICULO 2.5.1.1.19. Suspensión del registro.
La Dirección de
Asuntos para Comunidades Negras
;
Afrocolombianas, Raizales y
Palenqueras del Ministerio del Interior, procederá
a
suspender. previo
Código postal 111711 • Bogotá D.C., Colombia
Calle 12B 8-46 • Conmutador (1) 242 74 00 • Línea gratuita 018000910403
www mininterior.gov.co
• servicioalciudadano@mininteriorgov.co

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