Circular Nº 0016-2020 de Contraloría General de la República, 06-10-2020 - Normativa - VLEX 851326917

Circular Nº 0016-2020 de Contraloría General de la República, 06-10-2020

Número de circular0016-2020
Fecha06 Octubre 2020
ReceptorContralores Delegados Sectoriales, Contralores Delegados Intersectoriales, Directores, Jefes de Oficina y otros.
EmisorContraloría General de la República (Colombia)
CONTRALORÍA
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CIRCULAR N°
016
DE:
CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.
PARA:
CONTRALORES DELEGADOS SECTORIALES, CONTRALORES
DELEGADOS INTERSECTORIALES, DIRECTORES, JEFES DE OFICINA,
JEFES DE UNIDAD, GERENTES DEPARTAMENTALES, CONTRALORES
PROVINCIALES.
ASUNTO:
LINEAMIENTOS PARA EL TRÁMITE DE LOS CONFLICTOS DE
COMPETENCIA ADMINISTRATIVA ANTE EL CONSEJO DE ESTADO.
FECHA:
06 DE OCTUBRE DE 2020
En el marco de las funciones señaladas por los artículos 267 y 268 de la Constitución
Política, modificados por el Acto Legislativo 04 de 2019, le corresponde a la Contraloría
General de la República vigilar la gestión fiscal de la administración y de los particulares o
entidades que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y
respecto de todo tipo de recursos públicos, siendo preferente el control ejercido por esta
entidad frente a los órganos de control fiscal territoriales, en los términos que defina la ley.
Por su parte, de acuerdo con el canon 272 Constitucional,
lija vigilancia de la gestión fiscal
de los departamentos, distritos y municipios donde haya contralorías, corresponde
a
estas
en forma concurrente con la Contraloría General de la República".
El artículo 4° del Decreto Ley 403 de 2020,
"Por el cual se dictan normas para la correcta
implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal",
dispone:
"Artículo 4. Ámbito de competencia de las contralorías territoriales. Las contralorías territoriales
vigilan y controlan la gestión fiscal de los departamentos, distritos, municipios y demás entidades del
orden territorial, así como a los demás sujetos de control dentro de su respectiva jurisdicción, en
relación con los recursos endógenos y las contribuciones parafiscales según el orden al que
pertenezcan, de acuerdo con los principios, sistemas y procedimientos establecidos en la
Constitución y en la ley; en forma concurrente con la Contraloría General de la República de
conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto Ley y en las disposiciones que lo reglamenten,
modifiquen o sustituyan.
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1, • Código Postal 111071 • PBX 518 7000
cor©contraloria.clov.co
• www contraloria.gov
.00 • Bogotá, D. C., Colombia
80110
Bogotá D.C.

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