Circular N° 09 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 31-03-2022 - Normativa - VLEX 899472295

Circular N° 09 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 31-03-2022

Número de circular09
Fecha31 Marzo 2022
Tipo de documentoCIRCULAR
CIRCULAR No. 09 del 03 de marzo de 2022
Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura
Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321
Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co
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PARA: TITULARES DE CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE
HIDROCARBUROS, EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS, Y
CONVENIOS DE EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS Y DE EXPLORACIÓN Y
EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS.
DE: JOSÉ ARMANDO ZAMORA REYES
Presidente
ASUNTO: ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE EXPLOTACIÓN / ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
DESARROLLO
El presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH, en ejercicio de sus funciones, se permite
informar que, en el marco del proceso de simplificación de trámites y estandarización de procesos, se
han adoptado las siguientes directrices para la presentación de los informes de “Actualización del Plan
de Explotación-PLEX” y de “Actualización del Plan de Desarrollo-PD”, establecidos en las diferentes
minutas de los contratos y convenios antes citados:
1. En los Contratos de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, Contratos de Exploración y
Producción de Hidrocarburos, Convenios de Explotación de Hidrocarburos y Convenios de Exploración
y Explotación de Hidrocarburos, los contratistas podrán optar por cumplir con la presentación de la
actualización periódica del Plan de Explotación o Plan de Desarrollo, cuando se identifiquen elementos
ohitos que generen cambios o ajustes en el Plan previame nte presentado, incluyendo, sin limitarse,
el esquema general proyectado para el Desarrollo del Campo Comercial, el programa de abandono
(costos y cronograma), el pronóstico de producción anual de Hidrocarburos, entre otros.
2. De optar por la alternativa anterior, el contratista deberá informar por escrito a la ANH, en el término
contractualmente previsto, su decisión de adoptar este mecanismo para la presentación de las
actualizaciones periódicas de los Planes de Explotación o Planes de Desarrollo e incluir una
certificación respecto a que a esa fecha no ha habido lugar a dichos elementos o hitos que generen
los cambios en los planes referidos, suscrita por el representante legal del contratista.
3. En el evento en que haya lugar a cambios en los planes antes referidos, el contratista se obligará a
la presentación de la respectiva actualización del Plan de Explotación o Plan de Desarrollo, únicamente
respecto de los elementos o hitos que generen cambios o ajustes en el plan previamente presentado.
4.En todo caso, la información correspondiente al “cálculo de reservas y de la producción acumulada
de hidrocarburos diferenciada por tipo de hidrocarburos” y al “pronóstico de producción anual de
hidrocarburos y sus sensibilidades, utilizando la tasa optima de producción que permita lograr la
xima recuperación económica de las res ervas”, será actualizada a partir de la información
presentada en el “Informe de Recursos y Reservas-IRR” que entreguen las compañías operadoras -
contratistas en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo 11 de 2008, modificado parcialmente por
el Acuerdo 003 de 2018.
La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.
Cordialmente,
JOSÉ ARMANDO ZAMORA REYES
Presidente
Aprobó: Alejandro Niño Avella / Vicepresidente de Contratos de Hidrocarburos
Revisó: Juan Felipe Neira Castro / Gerente de Asuntos Legales y Contratación
Proyectó: Agustín Villamil Cañón / Gerente de Seguimiento a Contratos en Producción
Juan Neira Mar  2022 10 EST

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