Circular Nº 14 del Ministerio de Justicia, 2017
Fecha | 24 Marzo 2017 |
Número de circular | 14 |
TODOS
POR UN
O
MINJUSTICIA
NUEVO PAÍS
PA? EQUIDAD EDUCACIÓN
CIRCULAR No CIR17-0000014-SEG-4000
Fecha:
Bogotá D.C., 24 de marzo de 2017
PARA:
Todos los funcionarios del Ministerio de Justicia y del Derecho
DE:
MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
ASUNTO:
Cumplimiento Horario de Trabajo
Cordialmente se recuerda a los funcionarios del Ministerio de Justicia y del
Derecho, la obligación de cumplir los horarios de trabajo establecidos mediante la
Resolución No. 0396 del 27 de junio de 2016
y
el deber de
"Dedicarla totalidad
del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones
encomendadas, salvo las excepciones legales
"
.
De conformidad con el artículo 1° de la citada resolución el horario de trabajo para
los funcionarios del Ministerio es de 8:00 a.m. a 5:00 p.m, en jornada continua con
inmediato.
Los funcionarios que se acogieron al horario especial de trabajo establecido en el
artículo 2 de la referida resolución, laboran de 7:00 am. a 4:00 p.m., en jornada
continua, con una hora de almuerzo, acordada con el jefe inmediato, entre las 12
m. y las 2:00 p.m.
Es pertinente señalar que el incumplimiento del horario de trabajo o el deber de
dedicar la totalidad del tiempo de trabajo al desempeño de las funciones
asignadas constituye falta disciplinaria, al tenor de lo dispuesto en el artículo 50
Ley 734 de 2002, Código Disciplinario Único. Artículo 34, numeral 11.
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