Circular de Gobernación de Antioquia, 2020
Número de circular | 2020090000044 |
Año | 2020 |
Fecha | 20 Enero 2020 |
Emisor | Gobernación de Antioquia |
CIRCULAR No. *2020090000044*
DIRECCIÓN DE RENTAS
Calle 42B No.52-106 Piso 1, Oficina 112 - Tels.: (4) 3838171 – Fax
3839598
Centro Administrativo Departamental José María Córdoba (La Alpujarra)
Línea de atención a la ciudadanía: 0180004190000
Medellin - Colombia
Este documento está firmado digitalmente, a nombre del Servidor Público de la Gobernación de Antioquia, de conformidad con las
exigencias establecidas en la ley 527 de 1999.
PARA: PRODUCTORES, IMPORTADORES, INTRODUCTORES, DISTRIBUIDORES Y
COMERCIALIZADORES DE LOS PRODUCTOS SUJETOS DEL IMPUESTO AL
CONSUMO DE CERVEZAS, SIFONES, REFAJOS Y MEZCLAS DE ORIGEN
NACIONAL Y EXTRANJERO.
DE: DIRECCIÓN DE RENTAS – SECRETARÍA DE HACIENDA – DEPARTAMENTO
DE ANTIOQUIA.
ASUNTO: CIRCULAR BASE GRAVABLE Y TARIFAS DEL IMPUESTO DE ESTAMPILLA
PRO-ELECTRIFICACIÓN RURAL – AÑO 2020.
FECHA: 20/01/2020
El Departamento de Antioquia, en uso de sus facultades legales y de conformidad con lo estipulado en
la Ley 1845 del 17 de julio de 2017, adoptó la liquidación y cobro de la Estampilla Pro-Electrificación
Rural, tributo que se encuentra establecido en el Capítulo VII de la Ordenanza 29 de 2017 – Estatuto
de Rentas del Departamento de Antioquia, artículos del 351 al 360. De los anteriores artículos y para
efectos de aplicación de este circular, se definió en los artículos 355, 356 y 357 la Base Gravable, la
Tarifa y la Declaración y Pago respectivamente, que aplican a la Estampilla Pro-Electrificación Rural, en
lo relacionado con la expedición de Guías de tránsito para cervezas nacionales o extranjeras con destino
a otros Departamentos:
ARTÍCULO 355. BASE GRAVABLE. El valor de cada uno de los siguientes documentos o actos:
Certificado sobre avalúo catastral; Guías de tránsito para cervezas nacionales o extranjeras con destino
a otros departamentos; Licencias de conducción o validación de las mismas, matricula inicial de
vehículos, excepto los oficiales, certificado de traslado de cuenta de vehículos; Licencias o renovación
de la misma expedida por la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia; Expedición
de pasaportes.
ARTÍCULO 356. TARIFA.
Certificado sobre avalúo catastral
0.75 UVT
Guías de tránsito para cervezas nacionales o extranjeras con
destino a otros Departamentos.
1.5 UVT
Licencias de conducción o validación de las mismas, en la
matricula inicial de vehículos, excepto los oficiales, certificado
de traslado de cuenta de vehículos.
0.75 UVT
Licencias o renovación de la misma expedida por la Secretaría
Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia.
3.75 UVT
Expedición de pasaportes
El mismo valor que se cause
por el
impuesto de Timbre Nacional
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